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¿Están obligados los beneficiarios del ingreso mínimo vital a hacer la declaración de la renta?

Todos los beneficiarios deberán hacer la declaración de la renta aunque estas prestaciones puedan estar exentas de tributación

Cómo afectan los ERTE y el Ingreso Mínimo Vital a la declaración de la Renta

Cómo hacer la declaración de la Renta 2020-2021

Oficina de la Agencia Tributaria

ABC

La declaración de la renta de este año trae importantes novedades debido a la crisis del coronavirus, como los ERTE, o producto de nuevas medidas como el ingreso mínimo vital . En este sentido, y en relación con la declaración de la renta, todos los titulares que sean beneficiarios del ingreso mínimo vital y las personas integrantes de la unidad de convivencia están obligadas a hacer la declaración de la renta. Esto no quiere decir que en esta declaración salga a pagar o no, sino que deben ser presentadas aunque los importes de los que se traten estén exentos de tributación .

A través de su web, la Agencia Tributaria señala que el ingreso mínimo vital está exento de tributación . Eso si, si además se perciben otras prestaciones regionales o ayudas procedentes de entidades locales, están exentas si en total no suman 11.279,39 euros a lo largo del año 2020. En ese caso, el exceso tendrá la consideración de rendimiento de trabajo personal.

Fechas importantes

Esta campaña de la renta comienza el 7 de abril y podrá presentarse los documentos hasta el 30 de junio a través de diferentes canales. Este año seguirán disponibles las vías telefónicas, presencial y por internet para la presentación de la renta del ejercicio 2020. Estas son las principales fechas :

- 7 de abril: inicio de la campaña de la renta.

- 4 de mayo: a partir de este día es posible pedir cita previa para ser atendido de forma telefónica.

- 6 de mayo: comienza el plazo para presentar por teléfono.

- 27 de mayo: a partir de este momento es posible solicitar cita para realizar la declaración de manera presencial.

- 2 de junio: empieza la campaña de la declaración de la renta de forma presencial.

- 25 de junio: finaliza el plazo de las declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación bancaria.

- 30 de junio: fin de la campaña.

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