Tengo cláusula suelo, ¿cómo reclamo?

Hay principalmente tres argumentos por los que de modo general un hipotecado puede solicitar la devolución de lo pagado de más

javier flores

1.- ¿Cuáles son los motivos por los que puedo reclamar contra la cláusula suelo?

Hay principalmente tres argumentos por los que de modo general un hipotecado puede reclamar , en los cuales se basan las sentencias existentes a favor de los clientes: cuando no se ... ha firmado la oferta vinculante o en ella no figuraba el suelo; cuando hay un desfase entre suelo y techo o cuando no existe techo; ci a pesar de constar suelo y techo en el contrato, el cliente no fue debidamente informado de lo que firmaba (este último supuesto es el que analiza el Tribunal Supremo sobre unas entidades concretas).

2.- ¿Cómo reclamo la eliminación de una cláusula suelo?

Primero debe revisar la hipoteca y, una vez comprobada la existencia de esta cláusula y de que cumple alguna de los motivos anteriores, intente llegar a un acuerdo con el banco a fin de solicitar tanto la eliminación de la cláusula como la devolución del importe cobrado por este motivo. En caso de no alcanzarse un acuerdo puede llevar a cabo una reclamación formal ante el Servicio de Atención al Cliente y, eventualmente, ante el Banco de España. En última instancia es posible reclamar por vía judicial la eliminación de la cláusula suelo y el recálculo de las cuotas pagadas, con devolución del importe cobrado de más.

3.- ¿Qué cambia con la sentencia del Tribunal Supremo?

Anteriormente existía una jurisprudencia dispar en cuanto a la nulidad o no de dichas cláusulas, algunas Audiencias Provinciales la decretaban y otras no atendiendo al caso concreto, ya que la inmensa mayoría de las reclamaciones se basaban en la falta de proporcionalidad entre el "suelo" y el "techo" de la hipoteca, así como la falta de información dada por parte de los bancos a los prestatarios. En fecha 9 de mayo de 2.013 el Tribunal Supremo ha dictado una sentencia, ratificada y aclarada en fecha 12 de junio, por la que declara la nulidad de determinadas cláusulas sobre interés mínimo o "cláusulas suelo" de las hipotecas bajo ciertas condiciones relacionadas con la falta de información dada por los bancos a sus clientes. La inmensa mayoría de los bancos no han cumplido en los últimos años dichas obligaciones de información que establece el Tribunal Supremo, por lo que numerosas "cláusulas suelo" de las hipotecas firmadas en los últimos años pudieren ser nulas.

4.- ¿A qué entidades afecta la sentencia del Tribunal Supremo?

La resolución judicial del Tribunal Supremo analiza exclusivamente los contratos de préstamo con garantía hipotecaria que han sido objeto del recurso de casación, y cuyas cláusulas suelo están transcritas literalmente en la misma, siendo las entidades condenadas: BBVA, NCG y CAJAMAR.

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