El CSD vuelve a negarse a tramitar una denuncia contra Rubiales
Rechaza enviar al TAD la denuncia contra el expresidente de la Federación por discriminación en la Supercopa femenina
Las denuncias contra Rubiales que perdió el CSD
Madrid
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Iniciar sesiónEl Consejo Superior de Deportes (CSD) ha vuelto a rechazar dar trámite al Tribunal Administrativo del Deporte de una denuncia contra el que era presidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), Luis Rubiales. En este caso, la que interpuso por discriminación la ... Asociación Transparencia y Democracia en el Deporte respecto de la Supercopa femenina, en tanto que las jugadoras del FC Barcelona y la Real Sociedad tuvieron que recoger y ponerse ellas mismas sus medallas de campeonas y subcampeonas del campeonato en una imagen que suscitó una honda polémica.
La denuncia fue presentada el pasado 1 de febrero por Miguel Ángel Galán en representación de la asociación pero hasta esta semana, el Consejo, en una resolución que firma su presidente, Víctor Francos, no ha contestado. Y lo ha hecho para afirmar que no ve en esa conducta infracción alguna de la Ley del Deporte.
Decide así que no va a elevar una propuesta razonada de sanción al TAD porque «no concurren indicios racionales suficientes de una vulneración» de la legislación y no se aprecia que los hechos constituyan «actuaciones que atenten contra la dignidad y al decoro deportivos». Concluye, en definitiva, que «los hechos no son constitutivos de la infracción alegada». La denuncia no irá a ninguna parte.
Polémica por la entrega de medallas a las campeonas de la Supercopa de España
M. Z.A diferencia de lo sucedido en categoría masculina, donde Rubiales bajó al césped para el acto, en la femenina cada futbolista recogió de una bandeja su presea para colgársela
«Corresponde a este organismo, por tanto, dilucidar si concurren indicios racionales suficientes para considerar que se ha producido la citada infracción. Y ello desde un punto de vista subjetivo, es decir si dichas actuaciones vinculan en este caso al Sr. Rubiales Béjar y desde un punto de vista objetivo en cuanto a si las acciones llevadas a cabo atentan a la dignidad y al decoro deportivos», dice la resolución, para añadir: «No puede afirmarse que la forma en que se produjo (la entrega de medallas) supone la comisión de la infracción citada».
Llama la atención, porque este razonamiento que esgrime el CSD va en línea con el que denostó el Contencioso de la Audiencia Nacional hace sólo unas semanas, cuando le afeó que en lugar de dar trámite a unas denuncias contra Rubiales, abriese unas averiguaciones previas y después, las paralizase.
Subrayaba aquella resolución la «incompetencia» del CSD tanto para hacer una investigación propia como para luego suspenderla sin llevar las denuncias al TAD, que ha de ser «el que determine si es necesario realizar unas actuaciones previas, antes de acordar la iniciación del procedimiento disciplinario deportivo». Incidía en que, de otro modo, la decisión de iniciar un expediente disciplinario sería del Consejo y no del Tribunal, que es quien por ley, tiene atribuida esta función
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