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Solo el Papa, los cardenales y los obispos pueden recibir sepultura dentro del templo

El Concilio Vaticano II acordó que no haya tumbas en los templos y así se fijó en el Código de Derecho Canónico de 1983

Solo el Papa, los cardenales y los obispos pueden recibir sepultura dentro del templo efe

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El canon 1242 del Código de Derecho Canónico de 1983 es muy claro. "No deben enterrarse cadáveres en las iglesias, a no ser que se trate del Romano Pontífice, de sus propios cardenales u obispos diocesanos, incluso eméritos".

Así lo estableció la Iglesia después del ... Concilio Vaticano II y esa es la norma que ha seguido el Obispado de Ávila, al permitir que el expresidente Adolfo Suárez fuera enterrado junto a su mujer en el claustro de la catedral. "No ha habido que pedir ninguna excepcionalidad dado que la tumba no está dentro del templo si no en el claustro", indicó el obispado.

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