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justicia universal

Pedraz se niega a archivar el caso Couso porque «la jurisdicción española sí es competente»

El juez inaplica dos apartados de la nueva ley de justicia universal porque se contradice con la IV Convención de Ginebra

Pedraz se niega a archivar el caso Couso porque «la jurisdicción española sí es competente» josé alfonso

juan fernández-miranda

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha rechazado hoy lunes archivar la causa por la muerte del cámara José Couso al entender que la reforma legislativa de la justicia universal aprobada en el Parlamento se contradice con la IV Convención de Ginebra, que obliga a perseguir los delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado.

En un auto, el juez acuerda inaplicar en esta causa los apartados 4 y 5 del artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, así como la disposición transitoria única y afirma que «la jurisdicción española sí es competente» para investigar los hechos.

Pedraz explica que no procede el archivo del procedimiento porque «de otro modo estaríamos admitiendo la posibilidad de que una norma interna modifique o derogue una disposición de un tratado o convenio internacional vigente para España, lo cual está proscrito».

Según el juez, ese tratado que está por encima de la norma interna obliga de forma clara y terminante a perseguir el delito sea cual sea la nacionalidad de los autores y estén donde estén.

Así, según Pedraz, en el caso Couso la «solución del conflicto es evidente: el juez debe inaplicar la nueva norma. El Estado de Derecho exige la existencia de organos independientes que velen por los derechos y libertades de los ciudadanos, aplicando imparcialmente las normas que expresan la voluntad popular y controlando la actuacion de los poderes publicos».

Entiende el juez que no procede plantear cuestion de inconstitucionaludad. Por otra parte, en la causa sobre el genocidio en Guatemala que se sigue en este mismo juzgado, Pedraz ha preguntado a las partes si procede el archivo.

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