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Cuenta atrás para el fallo de Estrasburgo sobre la doctrina Parot

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos decide mañana si abre la puerta a la excarcelación de más un centenar de etarras

Cuenta atrás para el fallo de Estrasburgo sobre la doctrina Parot pool

n. villanueva

Once y media de la mañana del lunes. Esa es la hora en la que el Tribunal de Estrasburgo comunicará en lectura pública si liquida la doctrina Parot fijada por el Tribunal Supremo y avalada por el Tribunal Constitucional español. Esta doctrina, que consiste en la aplicación de los beneficios penitenciarios sobre cada una de las condenas impuestas al delincuente en cuestión (en su mayoría etarras), y no sobre el máximo de cumplimiento (fijado en 30 ó 40 años), ha hecho posible retrasar la excarcelación de condenados por el Código Penal de 1973 que estaban saliendo a la calle tras cumplir solo 20 años de condena, pese a tener sobre sus espaldas una veintena de asesinatos . Todos ellos se habían visto beneficiados por una legislación penal que contemplaba redenciones ordinarias y extraordinarias y permitían redimir condena por hacer yoga o marroquinería en prisión.

Todo apunta a que la Gran Sala de Estrasburgo tumbará la doctrina y volverá a dar la razón (como en julio del año pasado) a la etarra Inés del Río, lo que en la práctica trascenderá del caso particular de esta terrorista del «comando Madrid», uno de los más sanguinarios de ETA que tiene entre su haber el atentado de la República Dominicana, en el que también participó el etarra Juan Ignacio de Juana Chaos, hoy prófugo de la Justicia. Trascenderá, porque si la sentencia cuestiona la retroactividad en la aplicación de esta doctrina, los tribunales españoles tendrán que aplicar esa sentencia al formar parte de nuestro ordenamiento jurídico las resoluciones de Estrasburgo.

Indemnización por «daños morales»

El julio de 2012 Estrasburgo consideró que España había vulnerado la Convención Europea de Derechos Humanos , que en su artículo 7 establece que «(...) nadie puede recibir una pena más elevada que la que era aplicable al delito en el momento de su comisión». El tribunal aseguraba que la interpretación del Supremo prolongó nueve años de forma retroactiva (ahora ya son diez), la pena de Inés del Río y sostenía que debería haber salido de prisión en 2008. Por esa razón obligó a España a indemnizar a la terrorista con 30.000 euros , una cantidad que el Ministerio del Interior siempre ha tenido claro que se le descontará de las indemnizaciones que la etarra debe a las familias de sus innumerables víctimas en concepto de responsabilidad civil.

Fuentes jurídicas tienen claro que si el lunes Estrasburgo confirma esa sentencia, España la aplicará de forma inmediata, porque no quieren que, tras el de Inés del Río, se inicie un aluvión de recursos de afectados al tribunal europeo sabiendo que la respuesta de Estrasburgo va a ser la misma en todos los casos y que encima habrá que pagar indemnizaciones.

La seguridad con la que el exministro de Justicia Francisco Caamaño, del mismo partido que el hoy juez de Estrasburgo y exsecretario de Estado español Luis López Guerra , dio ayer por hecho el sentido del fallo, fue abrumadora. Sin ni siquiera conocer la sentencia, pidió al Gobierno que la aplique de inmediato. Recordó que las resoluciones de Estrasburgo no son, por ley, de aplicación inmediata, pero «no sería ético pagar la indemnización que pueda corresponder y no retocar el marco legal; con los derechos fundamentales no se juega». En este sentido, señaló que la doctrina Parot «se aprobó en el límite de la Constitución».

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