Los cinco votos contra Bildu
Manuel Aragón Reyes
«Impropio y lamentable»
En su voto particular contra el criterio mayoritario del TC, el magistrado Manuel Aragón —propuesto en su día por el PSOE— advierte de que «no se puede pretender» que a este órgano le corresponda valorar por separado todas y cada una de las pruebas que ... ya examinó el Tribunal Supremo en su sentencia contra Bildu porque supone «un claro exceso» de la función que corresponde al Constitucional. «Es impropio y lamentable» —añade— que, en el fondo, el TC reproche al TS que ponga en riesgo el Estado constitucional anulando las listas de Bildu.
Ramón Rodríguez Arribas
No era una casación
Rodriguez-Arribas critica que sus compañeros del TC hayan realizado «un nuevo examen de la prueba» aportada al Supremo para alcanzar «una nueva convicción sobre si los hechos se produjeron o no», en lugar de valorar si se ha incurrido en la lesión del derecho fundamental. «Someter a un nuevo escrutinio toda la prueba y una por una conduce a este tribunal, no ya en una última instancia, transformando el recurso de amparo en una suerte de super-casación, sino a llevarlo a la condición de apelación de plena jurisdicción».
Javier Delgado
Sucesión de Batasuna
Destaca en su voto particular que EA condenaba el terrorismo de ETA y pedía la disolución de la banda antes de formar parte de la coalición y que, tras ello, los integrantes de Bildu se limitaban a oponerse contra «la violación de cualquier derecho humano y al uso de la violencia». En su opinión, el Supremo no ha vulnerado el derecho de participación política y su decisión no ha sido fruto de «una mera sospecha» sino resultado de la valoración de la prueba, que permite inferir de que Bildu es continuación «del partido político ilegalizado».
Francisco José Hernando
Pruebas palmarias
El magistrado Francisco Hernando, ex presidente del Supremo, cree que más allá de las sólidas pruebas de las Fuerzas de Seguridad contra Bildu, un «palmario indicio de prueba» añadido es el hecho de que los batasunos le recusaran para que no votara en el Pleno del TC. «Si Bildu fuera ajena a toda vinculación con ETA-Batasuna, no hubiera pensado en tal recusación personal ni hubiera contemplado que las decisiones que en su día apoyé como presidente del TS habrían de condicionar mu decisión en el caso presente»
Francisco Pérez de los Cobos
Revisión que no procede
Francisco Pérez de los Cobos acusa a la mayoría que avaló a Bildu de realizar «un análisis fragmentario de los indicios» con los que contaba el TS con la intención de «sustituir» la opinión de la Sala del 61 «por otra propia». En su opinión, sus seis compañeros del Pleno han «eludido» valorar de forma conjunta las pruebas y, por ello, «han minimizado su valor». «El Tribunal Constitucional no puede alterar los presupuestos fácticos determinados en la vía judicial ni revisar la valoración del material probatorio efectuado por los tribunales ordinarios».
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