No es raro ver a compradores que acaban de salir del supermercado vaciar el carrito en el aparcamiento y guardar todos los productos que acaban de adquirir en el coche. En principio, parece una acción inofensiva que no puede causar ningún tipo de problema, pero ... lo cierto es que puede acarrear una multa. Y ¿en qué supuesto se puede cometer este tipo de infracción?
Pues bien, según informa la Dirección General de Tráfico (DGT), los conductores pueden ser sancionados cuando abandonan o dejan el carrito -bolsas u otros objetos similares- de la compra en un lugar indebido del aparcamiento, de modo que obstaculice el paso de los vehículos o lo entorpezca.
Esta norma atiende al 'Ámbito de aplicación de las normas sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial' del Boletín Oficial del Estado (BOE), en concreto al artículo 4.2: «Se prohíbe arrojar, depositar o abandonar sobre la vía objetos o materias que puedan entorpecer la libre circulación, parada o estacionamiento, hacerlos peligrosos o deteriorar aquélla o sus instalaciones, o producir en ella o en sus inmediaciones efectos que modifiquen las condiciones apropiadas para circular, parar o estacionar».
En todos estos casos la multa asciende a 80 euros.
Artículo solo para suscriptores
Esta funcionalidad es sólo para registrados
Iniciar sesiónEsta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete