La DGT advierte: que la prisa no te pueda al hacer un adelantamiento

En España se producen anualmente más de 2.500 accidentes con víctimas como consecuencia de adelantamientos antirreglamentarios

ABC MOTOR

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El adelantamiento debe efectuarse por el lado izquierdo del vehículo al que se pretende adelantar aunque, excepcionalmente, si existe espacio suficiente y el conductor del otro vehículo señaliza que va a cambiar de dirección a la izquierda o parar en ese lado, está permitido adelantar por la derecha, adoptando la máxima precaución. De igual modo está permitido dentro de poblado, cuando las condiciones de la vía lo permitan y no se ponga en peligro la integridad de los demás usuarios ni se altere el orden de la circulación.

Eso sí, en todos los casos en los que el adelantamiento se deba hacer mediante un desplazamiento lateral , la maniobra ha de advertirse con el intermitente oportuno, con la suficiente antelación, previa comprobación de que se puede realizar y cerciorarse de que existe espacio suficiente para realizarla. Es más, está terminantemente prohibido adelantar a vehículos que ya estén adelantando, así como iniciar la maniobra de adelantamiento cuando otro conductor ya la ha iniciado previamente.

En general, la maniobra ha de realizarse sin brusquedad, pero con rapidez, así como con la suficiente aceleración para volver cuanto antes al carril del sentido propio y minimizar el riesgo. Durante el adelantamiento, la velocidad ha de ser claramente superior a la del vehículo que se pretenda adelantar, pudiendo superar hasta en 20 km/h la velocidad máxima fijada en la vía, siempre y cuando no exista limitación específica para ese tramo.

Asimismo, está prohibido, excepto en rotondas . Si la maniobra debe efectuarse por la derecha, la vía debe gozar expresamente de esa prioridad marcada por una señal de tráfico dentro de la intersección. También en túneles, pasos inferiores y tramos de vía en los que solo exista un carril para cada sentido.

Y cabe recordar que fuera de poblado, la maniobra de adelantamiento a animales, tractores, peatones o ciclistas debe realizarse ocupando una parte o la totalidad del carril contiguo, siempre que las condiciones de la vía permitan la maniobra, pero siempre guardando la obligatoria distancia de seguridad de 1,5 metros .

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