La DGT intensifica la vigilancia sobre furgonetas y camiones
La Dirección General de Tráfico (DGT) intensificará los controles sobre furgonetas y camiones hasta el domingo 17 de febrero coincidiendo con una campaña de la Organización Internacional de Policías de Tráfico (TISPOL) en más de 25 países europeos. Sólo en 2011 fallecieron 543 personas en los 11.822 accidentes con víctimas en los que al menos una furgoneta o camión estuvieron implicados.
Durante esta semana, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil están controlando furgonetas y todo tipo de camiones, independientemente del país de matriculación, incidiendo en aspectos como la velocidad, las horas de conducción y el tacógrafo, el exceso de peso, defectos ... técnicos del vehículo, la seguridad de la carga transportada, la documentación de vehículo y conductor, el uso del cinturón de seguridad o si conduce bajo los efectos de alcohol o drogas.
Los camiones y furgonetas son los vehículos más numerosos que circulan por carretera, después de los turismos. En concreto, más de 5 millones de unidades con matrícula española transitan por la red viaria. De estos más de la mitad fueron matriculados antes de 2002, por lo que el 50 por ciento del parque en circulación tiene más de 10 años de antigüedad.
La distracción, según diversos estudios, está presente en 4 de cada 10 accidentes, y de ellos, casi la mitad provienen de la distracción del conductor del camión implicado. Además, el 20 por ciento de los camioneros implicados en un accidente cometieron alguna infracción, según un estudio de la Fundación para la Investigación y Desarrollo en Transporte y Energía (CIDAUT).
Por ello, se controlará que los conductores cumplan los tiempos de conducción y descanso establecidos por ley, pues Tráfico advierte de que un exceso en el tiempo de conducción puede generar fatiga y distracciones, aumentando el riesgo de sufrir o provocar accidentes.
El tiempo máximo de conducción ininterrumpida es de 4,5 horas, momento en el que hay que respetar una pausa de al menos 45 minutos también ininterrumpidos, a menos que se tome un periodo de descanso diario. Puede sustituirse la pausa de 45 minutos por otra de al menos 15 minutos seguida de una pausa de al menos 30 minutos, siempre en este orden. El tiempo máximo de conducción diario no puede ser superior a 9 horas, salvo dos veces a la semana que puede llegar a 10 horas.
Incumplir estos tiempos está sancionado como infracción grave o muy grave, en función de que se supere el 50 por ciento el exceso en los tiempos de conducción o la minoración de los descansos. Si se supera ese 50 por ciento, la infracción es muy grave y supone la multa de 500 euros y la pérdida de 6 puntos. Además, comprendería la inmovilización del vehículo, salvo que el conductor fuese sustituido por otro.
Accidentes por velocidad
Junto a las distracciones, la velocidad inadecuada es otra de las principales causas de accidentes entre los conductores de camiones y furgonetas. En 2011, de los 11.822 accidentes con víctimas que se produjeron, la velocidad estuvo presente en 1.164 casos.
Por lo que respecta al alcohol, la tasa máxima permitida a conductores profesionales de vehículos destinados al transporte de mercancías es de 0,3 gramos por litro de sangre, o de 0,15 miligramos por litro de aire espirado, equivalentes en las que sólo existe diferencia en la obtención de la muestra analizada.
Para reducir la siniestralidad de este tipo de vehículos, la Comisión Europea está trabajando para introducir dispositivos en los vehículos que reduzcan los accidentes. Por ello, la Comisión Europea introdujo en la legislación comunitaria la Directiva 2003/97/CE relativa a la homologación de dispositivos de visión indirecta de determinados vehículos que ha sido completada con otra Directiva, 2007/38CE relativa a la adaptación de los retrovisores de los vehículos pesados de transporte de mercancías matriculados en la UE para evitar los ángulos muertos.
En España, desde el 26 de enero de 2007, los nuevos camiones matriculados tienen que ir provistos de este tipo de retrovisores. Otro de los dispositivos que ayuda a hacer más visibles a los vehículos pesados de transporte de mercancías para reducir la accidentalidad en carretera es la señal de marcado de contorno V-23.
Todos los vehículos largos y pesados de transporte de mercancías matriculados a partir del 10 de julio de 2011 (peso máximo superior a 7,5 toneladas de más de 6 metros de largo y 2,1m de ancho, así como remolques y semirremolques de peso máximo superior a 3,5 toneladas) deben llevar esta nueva señal reflectante de marcado de contorno, que permite percibir, en condiciones de baja visibilidad, el perímetro de la parte trasera y lateral de dichos vehículos.
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