El PP registra una modificación del reglamento del Senado para dilatar la ley de amnistía

El cambio de reglamento posibilitaría que una norma, una vez aprobada por el Congreso de los Diputados, podría estar hasta dos meses en la Cámara Alta en lugar de los 20 días actuales

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El presidente del PP, Alberto Núñez Feijóo EFE

El grupo parlamentario del PP en el Senado ha presentado una propuesta de reforma del Reglamento de la Cámara Alta por la que se modifica el artículo 133 del mismo y con la que se pretende dilatar el tiempo para que una futura ley de amnistía ... entre en vigor una vez aprobada por el Congreso de los Diputados.

Según el contenido del texto al que ha tenido acceso ABC, se plantea una modificación en la tramitación de las proposiciones de ley que lleguen del Congreso por el procedimiento de urgencia. Para que sea la Mesa del Senado, que el PP controla con mayoría absoluta la que determine si se mantiene ese procedimiento de urgencia.

El artículo que quiere modificar el Partido Popular

Se trata de una modificación del artículo 133, que quedaría redactado así en su primer apartado: «En los proyectos de Ley declarados urgentes por el Gobierno o por el Congreso de los Diputados, el Senado dispone de un plazo de 20 días naturales para ejercitar sus facultades de orden legislativo». Eso es como hasta ahora, pero a continuación se añade que «la Mesa del Senado, de oficio o propuesta de un grupo parlamentario o de 25 senadores podrá decidir la aplicación del procedimiento de urgencia».

En su segundo apartado se establecerá que «en las proposiciones de Ley, la Mesa del Senado podrá decidir la aplicación del procedimientos de urgencia, cuando así lo solicite el Gobierno o el Congreso de los Diputados, o también actuando de oficio o a propuesta de un grupo parlamentario o de 25 senadores».

Los motivos que alude el Partido Popular para la modificación del reglamento

En su exposición de motivos el PP recuerda que la Constitución Española, en su artículo 90, regula la tramitación por el Senado de los proyectos de ley ordinaria u orgánica aprobados por el Congreso de los Diputados. Y que se reduce a veinte días naturales el plazo de que el Senado dispone para vetar o enmendar los proyectos declarados urgentes por el Gobierno o por el Congreso de los Diputados.

Pero el PP considera que, a la luz de ese artículo, la Constitución se refiere «a los proyectos, pero no a las proposiciones de ley, mediante una literalidad que, tal como demuestran los trabajos parlamentarios, no es casual sino fruto de la voluntad de los constituyentes». El PP argumenta que en el informe de la ponencia constitucional del 5 de enero de 1978 se empleaba en el primer apartado del artículo la expresión «proyecto o proposición de ley», pero qué finalmente se limitó a «proyectos de ley ordinaria u orgánica».

El PP alude de nuevo a la Constitución, en este caso a su artículo 89, en el que se deja claro que «la tramitación de las proposiciones de ley se regulará por los Reglamentos de las Cámaras, sin que la prioridad debida a los proyectos de ley impida el ejercicio de la iniciativa legislativa en los términos regulados por el artículo 87».

El PP defiende que el objeto específico de esta reforma reglamentaria «no es otra que la de ofrecer mayores oportunidades al rigor y la calidad de la función legislativa del Senado, abriendo la posibilidad de que, en el trámite de las proposiciones de ley, y a diferencia de lo que sucede con los proyectos, los Senadores cuenten con el tiempo necesario para poder paliar, al menos, los déficits de documentación y análisis técnico y jurídico, así como de debate público y de participación social, de los que, como la experiencia demuestra, suelen adolecer este tipo de iniciativas legislativas».

¿Qué consigue el PP con esta modificación?

Con esta reforma el PP logrará dilatar en el tiempo la entrada en vigor de la amnistía. Al llegar antes una proposición de ley por el trámite de urgencia, vía que ya utilizó el Gobierno para borrar el delito de sedición y rebajar la malversación, el tipo máximo eran 20 días para que el Senado la abordase. En la anterior Cámara Alta se ventiló Eda cuestión del cambio del Código Penal. Ahora, con esta modificación, los plazos se ajustarían al plazo ordinario del Senado, que en su reglamento establece que «dispone de un plazo de dos meses, a partir de la recepción del texto para aprobarlo expresamente o para oponer su veto o introducir enmiendas».

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