El juez ni siquiera admite la recusación presentada por el fiscal general contra cuatro magistrados: «Es endeble y extemporánea»
Subraya la «falta de consistencia» del intento de García Ortiz de apartar a los jueces que tienen que revisar su nombramiento
García Ortiz propone a la fiscal de 'La Manada' como togada del Supremo tras la anulación del nombramiento de Delgado
Madrid
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Iniciar sesiónEl juez que instruye la recusación del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, contra los magistrados del Tribunal Supremo que tienen que revisar su nombramiento como fiscal general la ha inadmitido a trámite «por extemporánea».
En un auto notificado este miércoles, el instructor, ... Eduardo Calvo, subraya que «sin necesidad de examinar la endeblez y escasa consistencia de la causa de recusación que se propone, baste señalar que, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 223.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, (…), la formulación de la recusación es extemporánea». Dicho artículo establece que esta debe plantearse tan pronto como se tenga conocimiento de la causa en que se funde, ya que, de lo contrario, no se admitirá a trámite
En su escrito de recusación, el fiscal general del Estado cuestionaba la imparcialidad de los cuatro magistrados recusados -Pablo Lucas, Luis María Díez-Picazo, Antonio Jesús Fonseca-Herrero y José Luis Requero-, por haber firmado la sentencia que el pasado noviembre anuló el nombramiento de Dolores Delgado como fiscal de sala de la Fiscalía Togada del Tribunal Supremo por «desviación de poder».
A juicio de García Ortiz, los magistrados estaban ya contaminados para estudiar el recurso presentado por la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales APIF) contra su propio nombramiento. En el caso de José Luis Requero alegaba también la publicación de un artículo en un periódico, el mismo día que se conoció dicha sentencia, en el que hablaba del Tribunal Constitucional y de la Fiscalía General del Estado como «apesebrado".
El juez a cargo del incidente de recusación explica que aquella sentencia a la que el fiscal general alude, la que anuló el primer nombramiento de Delgado, era ya conocida por García Ortiz en fecha muy anterior a su personación en este proceso como parte codemandada, que fue acordada el 14 de marzo de 2024.
«Resulta de todo punto inimaginable que el fiscal general del Estado no conociera la resolución judicial que había anulado el nombramiento que el mismo había propuesto aquel. De hecho, el recusante en ningún momento ha alegado que antes de la demanda presentada en este proceso desconociese la sentencia de 21 de noviembre de 2023».
A ello se suma que la composición de las distintas secciones que integran la Sala Tercera del Tribunal Supremo se publica cada año en el Boletín Oficial del Estado; y, en concreto, la del año judicial en curso fue publicada en el Boletín de 22 de diciembre de 2023. Por ello, resulta «enteramente inconsistente el alegato de que fue después de su personación en el proceso cuando el codemandado tuvo ocasión de conocer la identidad de los magistrados que actualmente forman parte de la sección cuarta y que cuatro de ellos habían firmado aquella sentencia de noviembre de 2023 a la que tantas referencias llevamos hechas». Lo mismo puede decirse de la identidad del magistrado ponente, José Luis Requero, que García Ortiz tenía que conocer desde que se produjo su personación en el proceso, el pasado 14 de marzo.
El magistrado acusa a García Ortiz de hacer montado un «artificio procesal» cuando el pasado 19 de abril presentó un escrito en el Supremo solicitando que se le comunicase si se había designado ponente en este procedimiento y la composición de la Sala: «Intentaba reabrir un plazo para recusar que ya había expirado», dice en el auto en el que le impone, además, las costas.
En conversación con ABC, fiscales del Supremo ya tildaron en su momento de "disparate" las recusaciones promovidas por García Ortiz, a las que auguraron "nulo recorrido" y calificaron de "extemporáneas" y "palmariamente infundadas". Ya entonces creían que serían inadmitidas de plano.
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