La juez archiva la causa por el rescate de Plus Ultra

Concluye de lo actuado que no hubo delito en la ayuda y no puede practicar más diligencias porque no prorrogó la investigación

Avión de la aerolínea Plus Ultra ABC

La titular del Juzgado de Instrucción número 15 de Madrid, Esperanza Collazos, ha resuelto archivar la causa por el rescate de la aerolínea Plus Ultra tras llegar a la conclusión de que en la empresa «no se ocultaron datos con el ánimo de defraudar» ... y ante la imposibilidad de practicar más diligencias después de que la Audiencia Provincial de Madrid dictaminase en noviembre que la investigación había rebasado el plazo previsto por ley sin que se acordase prórroga alguna.

En un auto notificado este lunes, la instructora razona que de lo actuado hasta la fecha no se desprenden indicios de los delitos que se estaban investigando desde abril de 2021 puesto que tanto los miembros del Consejo Gestor que estaban imputados como la propia Plus Ultra «carecían de capacidad de decisión» en la asignación de la ayuda: Era responsabilidad del Consejo de Ministros, «el órgano que acordó y aprobó la subvención».

Sobre la posibilidad de que para su obtención mediase un fraude, la instructora expone «a la vista de las periciales practicadas que por parte de la empresa no se ocultaron datos, con el ánimo de defraudar, y deduciéndose de la prueba del careo que la interpretación contable siembra una duda sobre ese ánimo defraudatorio que la parte querellante afirma existir«. »Una cosa es prácticas contables no ortodoxas y otra, la comisión de un tipo penal«, añade la instructora.

En su opinión, con los datos recabados asta la fecha, «se ha sembrado una duda razonable sobre la comisión de algún tipo penal, en cuanto a las personas físicas y jurídicas frente a las que se ejercitó la acción penal, en el bien entendido que ellas carecían de capacidad de decisión, que se encontraba situada en el Consejo de Ministros que fue el órgano que acordó y aprobó la subvención a la mercantil Plus Ultra».

La decisión fue del Consejo de Ministros

«El Consejo Gestor no tiene capacidad decisoria sobre el tema de la subvención acordada, él se limita a elevar a la autorización del Consejo de Ministros la aprobación de las operaciones, en este caso, hasta el Consejo de Ministros de fecha 9 de Marzo de 2021, no se autorizó», expone el auto, que descarta así que pudiera darse el delito de malversación, puesto que lo comete el funcionario o autoridad con «facultad de decisión».

Descarta igualmente que concurriese prevaricación por razones similares, dado que la comete «el funcionario público o autoridad que adopte una decisión dentro de sus competencias» y esta sea arbitraria a sabiendas, y aquí, «el Consejo no adoptó la decisión, no tenía competencia para ello». Con el cohecho, algo parecido: «el Consejo Gestor no tiene capacidad de decidir, sólo lo hace el Consejo de Ministros», subraya la juez.

La causa por la ayuda, que lo fue de 53 millones de euros, estaba ya condenada a su fin desde el pasado mes de noviembre, cuando la Audiencia Provincial de Madrid concluyó que la juez había seguido practicando diligencias vencido el plazo legal de un año para investigar y sin que ninguna parte ni ella de oficio hubiesen instado una prórroga. Ese fallo técnico acabó eximiendo a la persona jurídica Plus Ultra de prestar declaración: había sido citada en junio, cuando el plazo había vencido el abril anterior.

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