El Estado pide el embargo preventivo de todos los bienes del Pazo de Meirás
Plantea que queden en depósito judicial hasta la resolución definitiva del proceso, en la que se aclarará si el pleito por la propiedad afecta también a los enseres del interior del inmueble
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Iniciar sesiónEl Estado ha puesto ya sobre la mesa sus pretensiones reales respecto a los bienes contenidos en el Pazo de Meirás : aspira a quedarse con todo aquello que no sean meros enseres personales de la familia Franco. El resto, entiende, forma parte de Meirás « ... como unidad», y tanto «por su destino, por su finalidad o por una intención evidente» de los hasta ahora propietarios pasa a estar «vinculado» al inmueble de manera indeleble. Para evitar «el vaciado» del pazo, la Abogacía del Estado solicitó el pasado 24 de noviembre al Juzgado de Primera Instancia nº 1 de La Coruña una nueva medida cautelar consistente en el embargo judicial «de todos los bienes muebles y elementos accesorios que conforman a día de hoy el Pazo de Meirás» , «sin perjuicio de que se pueda permitir la retirada de aquellos objetos de estricto uso personal o que, por sus características, nada aporten a la significación del Pazo como Bien de Interés Cultural». Esta cautelar, junto con las acordadas por la juez Marta Canales el pasado 9 de noviembre —el inventariado de todos los bienes del inmueble y la prohibición de realizar la mudanza de los mismos hasta que se finalice y ella lo autorice— serán abordadas este miércoles en una vista en sede judicial.
En su escrito, de apenas diez páginas, la Abogacía plantea a la juez Canales que no le corresponde a ella durante la ejecución provisional dirimir si la propiedad que su sentencia del 2 de septiembre otorga al Estado sobre el bien inmueble es extensible a las cosas muebles que la componen. «Se trata de un tema que no debe analizarse en profundidad en fase de ejecución provisional» , afirman. Y dado que es una cuestión enormemente controvertida —dado que el Estado reclama para sí elementos que no aparecían recogidos en el objeto de su demanda inicial contra los nietos del dictador—, recurre a la jurisprudencia para relegar esa cuestión al momento de la ejecución firme del fallo, en fecha indefinida. Por una parte, la sentencia de septiembre está recurrida ante la Audiencia Provincial de La Coruña por los Franco; y a la vista de declaraciones realizadas por sus representantes legales, el asunto muy probablemente llegue en casación a la Sala Civil del Tribunal Supremo. El margen temporal se contabiliza en años hasta que haya una sentencia que ponga fin a este pleito.
Mientras llega o no una resolución no ya sobre quién es el propietario del inmueble sino a quién pertenece todo lo que hay de puertas para adentro, el Estado considera que de Meirás no debe salir una silla, ni un cuadro (aunque lo pintara el propio dictador), ni tan siquiera los trofeos de caza que decoran el recibidor del Pazo. «Con carácter provisional no debe destruirse la posible unidad que todos esos elementos conforman» , para lo que solicita «el depósito» de los bienes muebles en manos del Estado. La estrategia de la Abogacía ya se vislumbraba desde la petición inicial de cautelares el pasado 9 de noviembre, cuando alegó la catalogación como BIC de Meirás para extender la propiedad ganada del inmueble a los bienes muebles. Entonces resultó llamativo que solicitara un inventario de todos los enseres —autorizado en apenas dos horas por la juez Canales— pero que no añadiera una solicitud para dirimir cuáles pertenecían a los Franco y fueron incorporados al Pazo tras su reconstrucción en los 90 y cuáles corresponden realmente con el legado de Pardo Bazán, precisamente el argumento sobre el que se sostiene la declaración BIC aprobada en 2008 por la Xunta. Esto fue lo que ayer, precisamente, solicitó el Concello de Sada, personado en el procedimiento.
La Abogacía hace una lectura muy particular de la Ley de Patrimonio de Galicia bajo la que se declaró BIC el Pazo. A su juicio, que Meirás esté protegido como «sitio histórico» hace extensible esa protección no solo al inmueble sino a su interior . Sin embargo, el texto legal es bastante específico al señalar que para que estén igualmente protegidos por la declaración se necesita que los bienes muebles consten detallados en la solicitud, que posteriormente se publica en el Diario Oficial de Galicia cuando concluye el trámite administrativo. De hecho, la Xunta es plenamente consciente de este requisito concreto, y es lo que la ha llevado a incoar expedientes independientes para las estatuas del maestro Mateo que se encuentran en la capilla de Meirás y que pertenecieron al Pórtico de la Gloria de la Catedral de Santiago, pero también para la biblioteca de Emilia Pardo Bazán . En este último caso, la solicitud no se refiere de manera genérica a los volúmenes que pertenecieron a la escritora, sino que estos vienen perfectamente inventariados, una labor que realizó la Real Academia Galega en 2017 con la autorización de Carmen Franco. Si la interpretación de la Abogacía fuera la comúnmente aceptada, la Xunta no habría necesitado de iniciar ambos expedientes.
Por último, la Abogacía advierte de la existencia de periculum in mora, es decir, de perjuicios en caso de no adoptar el embargo de bienes solicitado. «Un vaciado o desunión de los elementos que conforman el Pazo de Meirás podría determinar una merma importante en las posibilidades de reutilización futura» del inmueble, «con el menoscabo que ello podría suponer para el interés general». Sin embargo, los Franco pudieron haber realizado la mudanza con total libertad durante los meses posteriores a la presentación de la demanda por la Abogacía, en la que precisamente no se solicitaba cautelarmente nada respecto a los enseres del Pazo.
Por su parte, como ya adelantó ABC el pasado viernes, la defensa de los Franco —que ostentan los abogados Luis Felipe Utrera-Molina y Antonio Gil Evangelista— ha solicitado a la juez Canales la desestimación de las medidas cautelares, especialmente el inventario de bienes del Pazo, por entender que supone una «intromisión» en «el derecho a la intimidad familiar y personal» de los nietos del dictador . «Se estaría posibilitando el conocimiento y la revelación de una información que obviamente afecta a la íntima esfera personal y familiar» de los Franco, «sin que exista ninguna suerte de justificación legal o judicial al respecto».
Más plazo para los guardeses
Colateralmente al pleito principal, el desalojo de los Franco de Meirás implica idéntico destino para los guardeses de la finca , un matrimonio con dos hijos menores escolarizados en Sada. La familia había solicitado a la Abogacía una extensión del plazo de entrega para que estas personas dispusieran de margen para encontrar una nueva residencia. En este escrito del 24 de noviembre, el abogado del Estado Jefe, Javier Suárez, se muestra favorable —siempre que así lo autorice el juzgado— para dar «un plazo superior» a los guardeses.
Eso sí, plantea como precisiones que en el tiempo que permanezcan en su todavía residencia «no podrán prestar ningún tipo de servicio en el Pazo en favor de la Administración General del Estado» pero tampoco bajo las órdenes de los Franco; e igualmente, que este «plazo para el desalojo de la vivienda» que ocupan «en modo alguno puede entenderse como un supuesto de subrogación o sucesión contractual de empleado del hogar» por parte del Estado.
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