El ruso que percibe el Ingreso Mínimo Vital pese a declarar 100.000 euros se enfrenta a una posible multa de 2.700
La ley contempla que, en caso de fraude, el usuario debe devolver las cantidades percibidas indebidamente junto a una sanción económica
El ruso que cobra el Ingreso Mínimo Vital pese a tener cien mil euros fue descubierto por pedir la tarjeta de residencia
VALENCIA
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Iniciar sesiónUna multa de 2.766 euros. Es la sanción a la que podría enfrentarse el ciudadano ruso con recursos económicos que está cobrando 460,93 euros mensuales del Ingreso Mínimo Vital desde el 1 de junio de 2020, pese a que vino a ... España con 65.070 euros en metálico, en el caso de que se confirmara el presunto fraude. Además, acreditó que es titular de tres cuentas bancarias con un saldo total superior a los 33.000 y dispone de una vivienda en Rusia.
El caso ha salido a la luz después de que el titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Alicante alertara a la Seguridad Social del posible cobro fraudulento de esta prestación. El juez estimó su recurso contra la resolución de la Subdelegación del Gobierno en Alicante que le denegaba la tarjeta de residencia permanente en España como familiar de ciudadano de la Unión Europea, pues el hombre cumplía con el requisito legal de disponer de ingresos propios.
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Un contexto a todas luces incompatible con el objeto de una «prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social» de personas que carecen «de recursos económicos suficientes para la cobertura de sus necesidades básicas», tal y como recoge la ley.
Por tanto, y a la espera de que la Seguridad Social investigue lo ocurrido, el presunto infractor habría cometido una falta muy grave, de la que también serían responsables, en su caso, los miembros de la unidad de convivencia o los cooperadores necesarios.
La Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el Ingreso Mínimo Vital sitúa, en el apartado de infracciones más importantes, «el falseamiento en la declaración de ingresos o patrimonio», «la ocultación fraudulenta de cambios sustanciales que pudieran dar lugar a la modificación, suspensión o extinción de la prestación» o «cualquier otra actuación o situación fraudulenta que dé lugar al acceso indebido a la prestación, mantenimiento indebido del derecho a la prestación o aumento indebido de su importe».
Al respecto, el ciudadano estaría obligado a reintegrar las cantidades percibidas indebidamente. Por tanto, en este caso, desde junio de 2020, la cuantía presuntamente defraudada rondaría los 13.367 euros. Además, cuando la infracción diese lugar a la extinción del derecho, la sanción consistirá en el deber de ingresar seis mensualidades de la prestación (2.766 euros en el procedimiento bajo lupa).
Del mismo modo, la normativa contempla que el Instituto Nacional de la Seguridad Social puede decretar la imposibilidad de que el sujeto infractor pueda resultar persona beneficiaria en los términos de esta norma por un periodo de dos años, «sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles y administrativas a que hubiere lugar».
Según los últimos datos aportados por el Gobierno, el Ingreso Mínimo Vital ha llegado a más de medio millón de hogares en España y a 1,4 millones de personas en el acumulado desde junio de 2020, cuando se puso en marcha la prestación.
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