La Fiscalía recurre la inadmisión de la querella de los gemelos Ferrándiz por torturas franquistas

El Juzgado de Instrucción 3 de Barcelona ha inadmitido la querella de los gemelos Maribel Ferrándiz y José Pablo Ferrándiz, Pepus, por torturas durante el franquismo

Nueva querella por torturas contra la policía franquista en Barcelona

Exterior de la jefatura de Layetana, que durante el franquismo fue la sede de la Brigada Político-Social INÉS BAUCELLS

EP

La Fiscalía de Barcelona, en coordinación con la Unidad Especializada de Derechos Humanos y Memoria Democrática de la Fiscalía General del Estado, ha recurrido la inadmisión de la querella de los gemelos Maribel Ferrándiz y José Pablo Ferrándiz, Pepus, por torturas durante el franquismo ... por su detención el 23 de abril de 1971, tras la que permanecieron arrestados durante 32 días en la Jefatura de la Via Laietana de Barcelona.

En un comunicado este miércoles, la Fiscalía ha explicado que recurrido la decisión del Juzgado de Instrucción 3 y ha argumentado que la Ley de Memoria «reconoce el derecho a la justicia de las víctimas de violaciones de los derechos humanos cometidas durante la Guerra Civil y la dictadura franquista, así como la correlativa obligación del Estado de investigar desde el ámbito de la justicia».

La Fiscalía considera prematuro archivar la querella y que con la Ley de Memoria vigente «no cabe el rechazo de plano de la querella, sino que es necesario llevar a cabo una investigación de los hechos y de su contexto para poder adoptar una decisión sobre la continuación del procedimiento».

En el auto que decidió archivar el caso, el juez recordó una sentencia del Tribunal Supremo (TS) de 2012 que señalaba que deben dejarse a un lado los llamados juicios de la verdad, que no pueden concluir con la culpabilidad del responsable porque ha muerto o el delito ha prescrito o ha sido amnistiado, como en este caso, y la Fiscalía argumenta en su recurso que esta jurisprudencia es anterior a la Ley de Memoria de 2022.

La Fiscalía reclama apostar por «el derecho a la justicia integradora de una interpretación con enfoque de derechos humanos y respetuosa con los principios vertebradores del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y de los Tratados y Convenios sobre la materia».

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