Anticorrupción cree que el rescate de Plus Ultra se usó para blanquear
Relaciona a la aerolínea con una trama de venta de oro del Banco de Venezuela en tres países europeos
La compañía hizo ingresos en cuentas en el extranjero justo después de recibir la ayuda pública
Una ayuda de 53 millones de euros a una compañía con dos aviones

La Fiscalía Anticorrupción considera que hay indicios de que la aerolínea Plus Ultra defraudó al Estado al hacer un «uso indebido» de los 53 millones de euros de rescate que el Consejo de Ministros le concedió en marzo de 2021 para hacer ... frente a la crisis del coronavirus, con cargo al Fondo de Apoyo a la Solvencia de las Empresas Estratégicas que gestionaba la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI).
Sostiene que, «en fechas consecutivas a la recepción de la ayuda pública», la compañía aérea realizó devoluciones de dinero de supuestos contratos de préstamo a cuentas en el extranjero pertenecientes a sociedades que forman parte de una presunta organización criminal, dedicada al blanqueo de capitales de fondos ilícitos procedentes de Venezuela.
El Ministerio Público llega a esta conclusión tras analizar la información recibida por parte de las autoridades francesas y suizas, que habían solicitado cooperación internacional para realizar registros vinculados a esta presunta red que operaba en España, Francia y Suiza. Y que, a través de un entramado societario, habría lavado una «muy alta cuantía» de dinero fruto de «actos de malversación cometidos por funcionarios públicos» de la república bolivariana en torno a los programas de distribución de alimentos básicos estatales, llamados Comités Locales de Abastecimiento y Producción (CLAP), y ventas de oro del Banco de Venezuela.
«Plus Ultra figura como firmante y beneficiaria de unos presuntos contratos de préstamo con tres sociedades de la organización criminal, implicadas en las ventas de oro, y esos contratos dan cobertura, a su vez, a las correspondientes devoluciones por parte de la sociedad española Plus Ultra, en fechas consecutivas a la recepción de la ayuda pública, a cuentas en el extranjero de sociedades que forman parte de la organización criminal, lo que, entiende la Fiscalía, constituye indicio de una defraudación al Estado», se puede leer en la documentación a la que tuvo acceso ABC.
Así lo denunció Anticorrupción en la Audiencia Nacional el pasado 21 de octubre, en un escrito que relataba cómo la red, conformada por personas extranjeras de Perú, Venezuela y Países Bajos, nacionalizados españoles y al menos un abogado madrileño, a través de sociedades mercantiles, habrían recibido cantidades de dinero procedentes del extranjero con el objeto de adquirir bienes inmuebles.
Emiratos Árabes y Panamá
La Fiscalía igualmente denunciaba la suscripción de contratos de préstamo a la aerolínea Plus Ultra, que fueron íntegramente reembolsados, y cómo la sociedad que los habría concedido vendió oro por valor de unos 30 millones de euros a una mercantil de Emiratos Árabes Unidos. También ponía encima de la mesa supuestos traspasos a una tercera empresa con cuenta en Panamá y la sospecha de que la presunta organización criminal también utilizaba la venta de relojes de lujo como forma de blanqueo.
No obstante, el Juzgado Central de Instrucción número 2 inadmitió el pasado noviembre la denuncia al entender que la Audiencia Nacional no es competente para investigar los hechos teniendo en cuenta, además, que el delito de blanqueo denunciado deriva de una actividad ilícita que tiene o ha tenido lugar en Venezuela.
Entonces, Anticorrupción presentó un recurso ante la Sala de lo Penal, insistiendo en que las implicaciones de la presunta organización criminal en España «alcanzan tal envergadura» que entran en el ámbito de la competencia de la Audiencia Nacional por el artículo 65.1º c) de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que establece que los juzgados centrales tienen capacidad de investigar «defraudaciones y maquinaciones para alterar el precio de las cosas que produzcan o puedan producir grave repercusión en la seguridad del tráfico mercantil, en la economía nacional o perjuicio patrimonial en una generalidad de personas en el territorio de más de una Audiencia».
En este punto, el fiscal ponía el énfasis en el «presunto uso indebido de ayudas públicas españolas», en referencia a los 53 millones de euros recibidos por la compañía aeronáutica Plus Ultra por concesión del Consejo de Ministros de 9 de marzo de 2021. Y en los supuestos traspasos que, «en fechas consecutivas» a recibir el rescate, habría realizado a cuentas en el extranjero de sociedades de la presunta organización criminal «implicadas en la venta de oro», como si fueran devoluciones de préstamos.
El Ministerio Público alegaba además la existencia de conexiones de la supuesta red de blanqueo con «clientes» sobre los que existen investigaciones policiales y judiciales actualmente, figurando al menos uno de ellos como imputado en dos procedimientos que se siguen en la Audiencia Nacional.
Pero la Sala de lo Penal, siguiendo el criterio del instructor, finalmente desestimó el recurso de Anticorrupción el pasado 13 de diciembre al entender también que la denuncia se centra en actos de blanqueo cometidos en Venezuela para los que la Audiencia Nacional no tiene competencia. «Sólo tangencialmente se menciona la concesión de una ayuda pública a Plus Ultra que se habría utilizado para la devolución de préstamos concedidos a esa sociedad por otras de la supuesta trama delictiva, lo que en la denuncia se califica como presunto uso indebido de ayudas públicas españolas», razonan los magistrados en su auto.
La Sala, no obstante, ofrecía la posibilidad a Anticorrupción de que presentara la denuncia ante el Juzgado de Instrucción número 15 de Madrid, cuya titular, Esperanza Collazos, ya investigó la concesión del rescate de la compañía y descartó que se hubieran cometido delitos de malversación, cohecho y tráfico de influencias, entre otros (como sostenían las querellas de Vox, PP y Manos Limpias), después de que la Audiencia de Madrid estableciera que se había agotado el plazo de doce meses previsto para la práctica de diligencias. «De lo actuado no aparece debidamente justificada la perpetración del delito que ha dado lugar a la formación de la causa», argumentó entonces la instructora, que acordó el archivó en enero de 2023.
«Debería, pues, en su caso, trasladarse a ese juzgado la nueva información de la que dispone la Fiscalía para que, si se estimara oportuno, se reabrieran las actuaciones, al parecer sobreseídas provisionalmente, sin perjuicio de declinar después la competencia a los juzgados centrales de instrucción si de las actuaciones se desvelara indiciariamente la comisión de delitos de los que fuera competencia la Audiencia Nacional», razonan los magistrados de la Sección Tercera Alfonso Guevara, Francisco Javier Vieira y Jesús Eduardo Gutiérrez.
La Fiscalía estudia el auto
Las fuentes fiscales consultadas por este diario explican que Anticorrupción está estudiando la resolución de la Sala de lo Penal para determinar qué decisión se adopta, si los hechos se ponen en conocimiento del juzgado de Madrid ya mencionado o se deja en manos de la Fiscalía de Ginebra y el Parquet National Financier francés, que ya investigaban a la misma organización criminal por presunto blanqueo.
De hecho, ambos organismos pidieron colaboración a las autoridades españolas para practicar registros en domicilios vinculados a la red en la Comunidad de Madrid, Canarias y Baleares. En aquella ocasión, la Audiencia Nacional sí dio luz verde.
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