El acuerdo entre PSOE y ERC también refleja «nuevos órganos judiciales en Cataluña»
Incluyen los juzgados catalanes como una de las «cuestiones singulares de Cataluña que son tratadas bilateralmente» y en las que «regirá el principio de suficiencia financiera»
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Iniciar sesiónEl acuerdo alcanzado este jueves entre el PSOE y ERC, con el ministro de Presidencia en funciones Félix Bolaños y el presidente del partido independentista Oriol Junqueras como negociadores, incluye la puesta en funcionamiento de nuevos órganos judiciales en el apartado de «gestión singular», donde ... también se incluye la financiación de los Mossos d'Esquadra y los servicios penitenciarios.
Según el documento dado a conocer la tarde de este jueves, «en aquellas cuestiones singulares de Cataluña que son tratadas bilateralmente regirá el principio de suficiencia financiera». Entre esas «cuestiones singulares de Cataluña», PSOE y ERC incluyen la «actualización de los módulos de valoración de los nuevos órganos judiciales».
«Esta actualización se aplicará a los futuros traspasos derivados de la constitución y puesta en funcionamiento de nuevos órganos judiciales en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cataluña. Se aprobará el módulo de gastos generales de funcionamiento incrementado en el 26,6% para una mejor adecuación con los costes efectivos de la puesta en funcionamiento de los nuevos órganos judiciales«, se puede leer en el acuerdo. Fuentes jurídicas consultadas interpretan que lo que implicaría dicho punto es una financiación superior para crear nuevos juzgados en Cataluña respecto a otras comunidades.
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Declaración de Barcelona
La negociación entre los dos partidos con el que el PSOE busca garantizar la investidura de Pedro Sánchez -aún queda conseguir el apoyo de Junts, el partido del expresidente catalán fugado de la Justicia, Carles Puigdemont- se queda en la financiación de los órganos judiciales en lo respectivo al ámbito judicial.
Un escenario menos ambicioso que el que recogieron PSOE y PSC en la Declaración de Barcelona de 2017, con sus propuestas frente al soberanismo para reformar la Constitución. Entre éstas estuvo la «reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, incorporando las previsiones sobre el Consejo de Justicia de Catalunya y configurándolo como una instancia desconcentrada del propio Consejo General del Poder Judicial».
Una propuesta que contradecía la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Estatuto de Cataluña de 2010. Entre los puntos declarados inconstitucionales, estaba el 97, que reflejaba la creación de un Consejo de Justicia de Cataluña al que se calificaba como «órgano de gobierno del poder judicial en Cataluña» y cuyos actos lo serían de un «órgano desconcentrado del Consejo General del Poder Judicial». El Constitucional recordó que el Poder Judicial no puede tener más órgano de gobierno que el Consejo General del Poder Judicial, cuyo estatuto y funciones quedan expresamente reservados al legislador orgánico.
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