La segunda vida del caso Dina

La vuelta del asunto a la Audiencia Nacional fuerza a practicar diligencias y tiene impacto en todos los investigados

La declaración de Bousselham será esencial para Iglesias, que podría declarar voluntariamente si quisiera

Dina Bousselham y su abogada en la Audiencia Nacional J. R Ladra/ EP

La decisión de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo de instar a la Audiencia Nacional a seguir investigando si hay indicios de que el vicepresidente Pablo Iglesias cometió los delitos de r evelación de secretos y daños informáticos ... que le presume el juez abre un nuevo horizonte en el Juzgado Central de Instrucción número 6, con esta pieza del caso Villarejo que poco se parece al resto de la causa y que se había dado por finiquitada. Se avecina una batería de diligencias. Es la segunda vida del caso Dina.

La citación de Dina Bousselham

Se trata de una diligencia clave que venía instando la Fiscalía Anticorrupción desde mayo de 2020. En un primer momento, el juez no la acordó porque entendía que era prematura: se acababa de reactivar la pieza, habían caído por fin en la cuenta de que Pablo Iglesias retuvo durante meses la tarjeta del móvil sustraído a ella, a sabiendas y sin decírselo, y se había constatado que los pantallazos del contenido del teléfono que fueron difundidos en prensa los pudo haber difundido la propia Bousselham.

Después, el juez declinó llamarla atendiendo a la resolución de la Sala de lo Penal que, en respuesta a un recurso de Pablo Iglesias, le ordenó cejar en las diligencias que tuvieran que ver con él porque, como aforado, no era de su competencia.

Ahora, es el Supremo quien autoriza al juez a seguir esta línea. Llamará en próximas fechas a Bousselham y esta vez, deberá ser meridiana cuando afirme qué quiere hacer con Pablo Iglesias, pues la Sala marca hasta el camino del interrogatorio. Deberá aclarar «si efectivamente 'denuncia'» que hubo revelación y descubrimiento de secretos cuando consultó el contenido de la tarjeta del móvil que le habían robado y se la quedó durante meses; si Iglesias tenía su permiso para hacerlo o si ahora «consiente, tolera y acepta» que lo hiciera.

No es el único asunto por el que deberá responder. Habida cuenta de que a lo largo de dos años de instrucción se ha venido contradiciendo en sus declaraciones sobre el estado en el que, finalmente, recibió la tarjeta, el instructor, siguiendo la resolución del Supremo, tendrá que aclarar cuál es la versión definitiva: ¿Funcionaba cuando se la devolvió Iglesias o no? De su respuesta depende el segundo delito que el instructor imputaba a Iglesias en su exposición razonada al Supremo, el de daños informáticos.

Las periciales

Y esta es la siguiente diligencia que según la Sala de lo Penal, debe practicar el juez. Escuchar a los peritos que elaboraron informe sobre la tarjeta y que veían imposible determinar los daños más allá de constatar su existencia y relacionarlos, en el caso de las quemaduras que eran visibles, con el trabajo de una empresa de servicio técnico que por encargo del marido de Bousselham, la tuvo un tiempo en su poder. De nuevo, abre así la puerta al juez a investigar colateralmente a Iglesias, dado que rechazó seguir adelante con lo relativo a los daños de la tarjeta por mandato de la Sala.

El Supremo considera pertinente no sólo escuchar a los autores de ese informe, diligencia que no se llegó a practicar, sino además, ampliar su trabajo: « Precisar cuáles son las causas que impiden acceder a la información de la tarjeta , cuál fue el sistema o la técnica empleada para proceder al borrado, eliminación, deterioro, inservibilidad o inaccesibilidad de los archivos que la tarjeta contenía, y si es posible proceder a la recuperación de todos estos datos y fecha del último acceso ».

La tarjeta de Dina Bousselham que obra en el procedimiento ABC

Si de alguna de estas nuevas pesquisas surgiesen indicios sólidos como para apuntar a que Iglesias tuvo que ver en los daños de la tarjeta, el asunto volvería al Supremo , igual que lo haría en el hipotético caso de que Bousselham quisiera denunciarle. No es ni predecible , ella ya dijo por escrito en la Audiencia Nacional que no tenía intereses contrapuestos con el que fue su jefe, sino confluyentes.

La versión de Pablo Iglesias

Desde que Pablo Iglesias fue llamado a declarar como perjudicado en marzo de 2019, su versión de los hechos no se ha vuelto a escuchar en la instrucción salvo en los escritos de recurso que su defensa ha presentado contra determinadas decisiones del juez, como aquella por la que le expulsó del procedimiento.

En esa primera comparecencia reconoció por ejemplo, que tuvo la tarjeta en su poder y tiempo después se la devolvió a Bousselham, pero nadie repreguntó al respecto . Ni siquiera se le instó a precisar de cuánto tiempo se trataba, lo que sigue siendo una incógnita. No es la única.

El juez podría ofrecerle la posibilidad de acudir a la Audiencia Nacional, cosa que no se descarta, y comparecer voluntariamente, lo que Iglesias puede hacer al margen de su aforamiento. De hecho, podría él mismo haberse ofrecido para aclarar las sombras cuando Bousselham empezó a incurrir en contradicciones sobre los daños en la tarjeta, pero no lo hizo.

La supuesta denuncia falsa

Este es el último de los delitos que se incorporó a la instrucción del caso Dina. Lo puso sobre la mesa la Fiscalía Anticorrupción cuando, después de la declaración como testigo de un exabogado de Podemos que hablaba de «montaje» , dio por ampliada la causa también en este sentido. El juez se lo atribuía en su exposición razonada tanto a Iglesias como a Bousselham y el equipo jurídico de ambos.

Para los fiscales del caso, lo conveniente era e nviar este tema a los juzgados ordinarios, concretamente, a los de Alcorcón , que fue donde ella denunció en 2015 que le habían robado aquel teléfono móvil y desde donde recurrió para vincular después la sustracción a las cloacas.

El Supremo, sin embargo, cierra la puerta pues no ve indicios concluyentes y entiende que no se cumple aquí el requisito indispensable de que haya un fallo judicial sobre el asunto supuestamente denunciado en falso.

No obstante la Audiencia Provincial se pronunció cuando Podemos recurrió en 2016 para vincular el robo del móvil con la publicación de su contenido y, en todo caso, el instructor tiene margen para remitir a la justicia ordinaria el asunto si lo considera pertinente, de acuerdo a las fuentes jurídicas consultadas por este diario.

El resto de los investigados

Pero el auto del Supremo tiene efecto en el resto de esta pieza separada. Cuando García Castellón remitió la exposición razonada, partió el caso Dina en dos . Por un lado, los hechos relacionados con la gestión de la tarjeta en manos de Pablo Iglesias y por otro, los hechos relacionados con la forma en que esa tarjeta acabó en manos del comisario José Manuel Villarejo, que es la razón por la que un tema así está en la Audiencia Nacional.

El Alto Tribunal entiende que efectivamente, no hay conexidad entre lo que concierne a Iglesias y lo que concierne a Villarejo . Esto tiene una primera consecuencia, y es que salvo que Bousselham dijese lo contrario, sólo perdonaría a Iglesias y no a los demás , aunque el hecho delictivo en sí, la revelación de secretos por el acceso a los datos de esa tarjeta, sea el mismo.

La resolución del Supremo es relevante en este sentido, porque dos periodistas de la extinta revista Interviú, Alberto Pozas y Luis Rendueles han sido procesados por revelación junto al comisario y están pendientes de que la Sección Tercera de la Sala de lo Penal resuelva su apelación.

Pero además, el auto relata que el policía fue «instigador» de que los periodistas incurriesen en esa revelación de secretos al entregarle copia de la tarjeta, lo que apuntala la tesis que han venido sosteniendo en su defensa: obedecieron al requerimiento verbal de un comisario en activo. Esta perspectiva puede suponer un giro en la resolución de esos recursos.

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