Las Comunidades Autónomas no pueden actuar sin un paraguas jurídico que las habilite

Sin prórroga del decreto ni plan B, hay incertidumbre sobre el alcance de las medidas de los gobiernos regionales ante los rebrotes

¿Cuándo finaliza el estado de alarma?

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El anuncio del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, sobre su intención de no prorrogar el estado de alarma más allá del 9 de mayo, cuando vence la autorización del Congreso, deja en el aire el marco normativo sobre el que podrían actuar las Comunidades ... Autónomas en caso de que la evolución de la pandemia recomiende mantener algunas de las restricciones que el actual decreto de alarma regula. Sin un paraguas jurídico nacional los gobiernos regionales ya no podrán actuar como autoridades delegadas. Se abre un periodo de incertidumbre en el que a día de hoy no hay plan B.

¿Desde cuándo hay estado de alarma en España?

El Gobierno aprobó el 25 de octubre de 2020 la declaración del estado de alarma en todo el territorio nacional. Se trataba del tercero que se decretaba desde marzo, el segundo con vigencia nacional. Ese estado de alama finalizaba el 9 de noviembre, pero seis días antes el presidente lo prorrogó hasta el 9 de mayo. Fue una decisión polémica porque en vez de ir renovándolo en función de las circunstancias, Sánchez lo fiaba a seis meses sin conocer la evolución de la pandemia y eludiendo el necesario control parlamentario durante más de veinte semanas.

¿En qué consiste el actual estado de alarma?

El estado de alarma limita la circulación de las personas por las vías o espacios de uso público entre las 23.00 y las 6.00 (el llamado toque de queda) excepto para cuestiones muy concretas, como la adquisición de productos de primera necesidad, asistencia a centros sanitarios o cumplimiento de obligaciones laborales, entre otras. Es ese estado de alarma el que ha permitido también establecer las restricciones de movilidad entre comunidades autónomas y que solo se pueda salir de una y entrar en otra por razones laborales o para regresar al lugar de residencia.

¿Qué supondría el final del estado de alarma decretado por el Gobierno?

El decreto de alarma es el paraguas que da cobertura a las limitaciones de movimientos y restricciones de derechos impuestas por las Comunidades Autonómas. Al desaparecer ese marco, esas limitaciones decaerían pues esas comunidades dejarían de ser las «autoridades delegadas» a las que se refería el decreto del Ejecutivo. Los expertos consultados por ABC señalan que si la situación de la pandemia requiere tomar medidas como las que están vigentes ahora y ese estado de alarma no se prorroga sería preciso que el Ejecutivo estableciera «un nuevo marco normativo» que habilite a los gobiernos regionales para imponer esas limitaciones porque las comunidades por sí solas «no tienen base competencial» para hacerlo sin una norma que las habilite.

¿Existe ese marco normativo?

En este momento no, y es algo que critican los juristas, que recuerdan que el Ejecutivo ha tenido tiempo suficiente durante estos meses para buscar alternativas a ese estado de alarma y que no había necesidad de improvisar ahora un plan B a un mes de que éste finalice. Esos expertos ven inviable que a partir del 9 de mayo no haya ninguna restricción. Coinciden en que el Gobierno habilitará un plan B amparándose en las recomendaciones del Consejo Interterritorial de Salud, de forma que de nuevo sea una norma de carácter nacional la que habilite a las comunidades autónomas para decidir sobre cuestiones como la libertad de circulación.

¿Se pueden imponer medidas restrictivas sin estado de alarma?

Sí, a través de ese nuevo marco normativo, lo que a juicio de los expertos consultados viene a demostrar que el estado de alarma no era necesario porque desde la normalidad, y no desde la excepcionalidad que suponía decretarlo, se podía haber dado respuesta a este problema.

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