Castro contradice a Castro

Cambia su criterio sobre hechos idénticos en dos autos:uno de 2012 y el reciente, en el que imputó a la Infanta

Castro contradice a Castro efe

pablo muñoz / josep maría aguiló

El juez del caso Nóos, José Castro, ha experimentado un llamativo giro copernicano en sus razonamientos desde que el 5 de marzo de 2012 desestimara en un auto la imputación de la Infanta Cristina, solicitada entonces por la acusación popular que ejerce Manos Limpias, y ... el reciente en el que la implicaba en un delito fiscal y otro de blanqueo de dinero. Desde entonces, nada relevante se ha aportado a la causa, según las fuentes judiciales consultadas por ABC, por lo que es aún menos explicable el comportamiento del magistrado.

En su auto de marzo de 2012 Castro escribía: «El solo hecho de participar en un ente asociativo, sin ejercer en el mismo funciones ejecutivas, no genera para el simple partícipe responsabilidad criminal por los hipotéticos delitos que pudieran cometer sus directivos en el ejercicio de sus facultades de dirección». Sin embargo, casi dos años después afirma: «Los delitos contra la Hacienda Pública que se imputan a IñakiUrdangarín difícilmente se podían haber cometido sin, cuando menos, el conocimiento y la aquiescencia de su esposa».

De nuevo, en 2012 el magistrado afirmaba: «Se insinúa responsabilidad penal por el hecho de ser Doña Cristina Secretaria de la Mercantil Aizoon lo que, en dicción del sindicato solicitante, conllevaba la elaboración de las actas que contenían los acuerdos, su lectura en sesiones ordinarias y extraordinarias, la firma de las mismas y la de las cuentas que anualmente se dirigían al Registro Mercantil. Al respecto, se ha de decir que es escasamente probable que, siendo Iñaki Urdangarín y su esposa los únicos participes de la entidad mercantil, tuviera lugar luego algo que formalmente se pareciera a juntas ordinarias o extraordinarias, menos aún que Doña Cristina redactara unas actas de lo tratado de las que diera lectura a su esposo, y descabellado sería que, para el improbable caso de que alguna de esas juntas se celebrara, se consignaran en ellas acuerdos sobre supuestamente intencionalidades delictivas o el análisis económico de sus resultados».

Un argumento impecable, pero que él mismo echa por tierra en el auto de imputación: «El que el partícipe de un ente societario quede a salvo ya, de entrada, de actividades supuestamente delictivas realizadas por el administrador de aquél parece planteamiento obligado cuando se trata de entidades mercantiles con un capital social altamente fraccionado», pero no en este caso en el que hay solo dos socios, cónyuges. «Cabría preguntarse —añade Castro– por qué no utilizó su paritario potencial participativo en Aizoon para instar la presentación de liquidaciones anteriores supuestamente defraudatorias». Y dice que hay «sobrados motivos» para pensar que colaboró activamente con Urdangarín.

Pero es que en 2012 el juez afirmaba: «En la causa no obra ningún testimonio (...) ni declaraciones de imputados que involucren de algún modo a Doña Cristina en la toma de decisiones de ninguna de las entidades que giran alrededor de su esposo o de Diego Torres».

Incluso, en el auto de imputación el instructor se justifica por un nuevo cambio de criterio: «Ciertamente que el tema de los gastos personales del matrimonio cargados a las cuentas de Aizoon, junto con otros muchos, fue abordado por este juzgado en su auto de fecha 5 de marzo de 2012, pero con los comparativamente menores datos que entonces tenía, en la sana creencia de que no había tenido participación relevante en las actividades del Instituto Nóos, a los solo efectos fiscales y dejando abierta la puerta a lo que el futuro pudiera deparar».

En 2012, además, el magistrado no daba por hecho en absoluto que el Conde de Fontao hubiera informado a Doña Cristina de las actividades de su marido; es más, ponía en cuestión incluso que este asesor de la Casa Real conociera que la actuación de Urdangarín fuera delictiva, sino simplemente perniciosa para la imagen de la Institución. Ahora, en el auto de imputación, vuelve a citar a Fontao: «Parece razonable que si la luz de alarma se le encendió al asesor de la Casa Real, no debió ser ajeno a ello Doña Cristina».

Castro contradice a Castro

Artículo solo para suscriptores

Accede sin límites al mejor periodismo

Tres meses 1 Al mes Sin permanencia Suscribirme ahora
Opción recomendada Un año al 50% Ahorra 60€ Descuento anual Suscribirme ahora

Ver comentarios