El Banco de España advierte: atento a los ingresos de dinero en efectivo
El propio Tribunal Supremo se ha pronunciado sobre una comisión que los bancos estaban cobrando doblemente
M. L.
El Banco de España avisa: los ingresos en efectivo a cuentas de otra persona u organismo no deben acarrear una comisión. Así lo ha advertido banco central nacional este martes ante las infracciones por parte de algunas entidades.
«Si vas a un banco ... a ingresar efectivo en una cuenta de la que no eres titular, el banco no puede cobrarte ninguna comisión ya que se considera un servicio de caja, inherente al contrato de cuenta y, por tanto, no puede ser remunerado de forma independiente», explican desde el Banco de España.
Y es que este servicio de caja ya se paga a través de la comisión de mantenimiento que paga el titular de la cuenta. De esta manera, si la entidad cobra una comisión, estaría cobrando dos veces por un mismo servicio.
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), ya advertía en marzo de este año que muchos bancos prevén en sus libros de tarifas el cobro de comisiones para ingresos en efectivo en cuentas corrientes si no son clientes de la entidad.
Las entidades se excusaban en el concepto
Entonces, la OCU denunciaba que, según el Banco de España, si un cliente se limita a realizar el ingreso sin indicar el concepto no le podrán cobrar nada, pero si desea que indiquen el concepto y el nombre de quien realiza el ingreso, los bancos pueden cobrar una comisión.
No obstante, en el aviso emitido este martes, la entidad asegura que el Tribunal Supremo, en la sentencia n.º 328/2022 de la Sala de lo Civil de 26 de abril, ha declarado la nulidad de la comisión por ingreso en efectivo realizado en cuenta por terceras personas, ordenantes del pago, que solicitaban la incorporación de información adicional en el campo «concepto» de la operación.
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