Fomento indemnizará el doble a las víctimas de accidentes de tren
El Real Decreto se publicará «en breve» e implicará que por ejemplo en caso de fallecimiento la indemnización pase de 36.060 a 72.120 euros
efe
El Ministerio de Fomento va a duplicar la cuantía de las indemnizaciones del seguro obligatorio de los viajeros en accidentes ferroviarios en el servicio de competencia estatal. Eso implica que en caso de fallecimiento pasará de 36.060 a 72.120 euros. Además, si ... se producen lesiones corporales se duplicará también las indemnizaciones en las 14 categorías, tal y como se recogerá en una disposición adicional al real decreto de asistencia integral a las víctimas de accidentes ferroviarios que está previsto que se apruebe en las próximas semanas en Consejo de Ministros.
En una comparecencia ante la comisión parlamentaria de Fomento del Congreso, el subsecretario de Fomento, Mario Garcés, ha anunciado que, a raíz del accidente de tren Alvia ocurrido en julio de 2013 en las inmediaciones de Santiago de Compostela, se van a establecer unas tasas máximas de alcoholemia y de consumo de sustancias que pueden disminuir las facultades de conducción y se va a elevar a 20 años la edad mínima de acceso a la conducción de este tipo de convoyes, entre otras novedades.
Reglamento que se hace extensivo a todos los actores del sector y en particular a las empresas. Con respecto a la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios (Ciaf), Garcés ha explicado que el Ministerio de Fomento está trabajando en un real decreto de desarrollo de la comisión que recoge los procesos de cese, crea la figura del vicepresidente y garantiza la íntegra independencia del equipo de investigación a fin de propiciar una mayor transparencia y neutralidad de la misma.
Tras asegurar que en el caso del accidente de Santiago de Compostela los miembros de la Ciaf no han tenido ningún tipo de injerencia externa, Garcés ha recordado que se ha ampliado el mandato de 4 a 6 años para sus miembros y se ha eliminado la posibilidad de reelección para no estar sometido al poder político.
Asimismo se va a establecer un plazo de 15 días para hacer observaciones al informe que realice la Ciaf, alegaciones que va a poder ser formuladas por los administradores de infraestructuras ferroviarias, las empresas del sector, los responsables de seguridad, familiares y víctimas o por los servicios de socorro, entre otros.
Dentro de la actualización del Reglamento General de Circulación, que se incluirá también en un real decreto a aprobar en las próximas fechas, se van a detallar las velocidades máximas, la identificación de zonas de especial atención y la apertura del reglamento al uso de nuevas tecnologías, como pueda ser la detención de la caída de objetos a la vía férrea.
Asimismo se va a incluir un catálogo de señales con las condiciones técnicas para los fabricantes y una guía para el control de seguridad. Para este nuevo reglamento, que ya se ha presentado en la Comisión Europea (CE) y que constar de cinco libros, se va a iniciar en agosto el periodo oficial de alegaciones a fin de contar con el máximo consenso posible.
Entre las medidas que se establecen dentro de la asistencia a los afectados en caso de accidente, destaca la tramitación de visados, identificación, repatriación de cadáveres o el contenido mínimo de los planes de protección civil de las comunidades autónomas (asistencia psicológica, entre otros).
También se van a revisar los requisitos para el acceso a la profesión, los reconocimientos médicos, reforzar el análisis psicológico, aumentar la formación académica mínima, elevar a 20 años la edad mínima, modificar el examen de acceso dando prioridad al conocimiento de idiomas, elaborar un listado de medicamentos sobre cuyos efectos no se puede conducir o crear un catálogo de profesiones ferroviarias.
Fomento indemnizará el doble a las víctimas de accidentes de tren
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