Absueltos el cantante Javier Krahe y el programa de Canal+ de «cocinar a Cristo»

El Juzgado de lo Penal número 8 de Madrid estima que no hubo ofensa contra los sentimientos religiosos con la emisión del cortometraje «La Cristofagia» en el que participó el cantautor madrileño

Absueltos el cantante Javier Krahe y el programa de Canal+ de «cocinar a Cristo» abc

e. m.

La ofensa al sentimiento religioso del espectador que fue denunciada ante el Juzgado de lo Penal número 8 de Madrid después de la emisión de un vídeo por parte de Canal+ y en el que participaba el cantante Javier Krahe ha recibido la absolución judicial, ... según la sentencia que ha hecho pública este viernes el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

Esta sentencia estima que tanto los responsables de Canal + que emitieron un vídeo en el que se "cocinaba a Cristo", la directora del espacio audiovisual Montserrat Fernández , como el cantante Krahe de Salas, quedan absueltos del delito contra los sentimientos religiosos. Los hechos remiten al día 15 de diciembre de 2.004, cuando entre las 15.30 y las 16.30 horas se emitió en el programa de televisión “Lo + Plus”, del que era directora Monterrat Fernández una entrevista en directo al satírico Javier Krahe con motivo del lanzamiento comercial de un álbum "...y Todo es Vanidad” , producido por la entidad “18 Chulos Records”.

El polémico corto: «La Cristofagia»

El álbum está integrado por dos CD, en el que se incluyen varias canciones compuestas por Krahe . Se acompaña de un DVD que contiene el documental “Ésta no es la vida privada de Javier Krahe” dedicado al artista , producida por “Trincado&Murugarren”, “Iberautor” y “18 Chulos y Chitón”.

En este documental se incluye un cortometraje que llevaba por título “La Cristofagia” (que se hizo en torno al año 1977) parte de la obra colectiva “Diez Comentarios”, si bien no quedó acreditada ante el tribunal la participación del cantante en la elaboración de documental ni en la distribución del álbum. En dicho corto, se alegaban cosas como la cocina de una receta en la que "una persona no identificada manipula un crucifijo, separa la imagen de Cristo de la cruz, lo introduce en una fuente con lecho de lo que parecen ser patatas, le unta mantequilla y lo introduce en un horno. El diálogo en el plató, con el presentador del espacio audiovisual, fue el que se recoge en la sentencia así:

"- Javier Krahe: Bueno, hay una voz “en off” que dice que se coge un Cristo yamacilento, se le quitan las alcayatas se le “desencostra” se le salpimienta, se le unta con abundante mantequilla sobre un lecho de cebollas y patatas … al horno, se le deja tres días y luego ya sale solo.

- Presentadora : Bueno … ¡Hasta Wyoming se está escandalizando!

- Invitado: ¡Coño! Es que cuando viene uno a este programa no le dan de comer antes …

- Presentador: Se mete … lo metiste en el horno

- Javier Krahe: Al horno, se deja tres días, y luego ya … sale solo

- Invitado 2: Al tercer día sale hecho ¿no?".

"No resulta probado que Javier Krahe conociera la emisión del referido fragmento hasta los momentos previos a la entrevista, ni que hubiera tomado parte en la decisión de emitirlo" , dictamina la sentencia notificada por el Juzgado de lo Penal número 8 de Madrid.

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