«No obstante, el Sr. Alcalde-Presidente...»
Al menos 16 licencias de obra fueron otorgadas en Caldas pese a señalarse defectos legales o técnicos
pablo alcalá
«Licencia de obras mayores (Expediente nº OB312712)». De este modo, precedido de la palabra «Decreto», comienzan, número de expediente arriba, número de expediente abajo, decenas de licencias de construcción otorgadas por el alcalde de Caldas de Reis , el socialista Juan Manuel Rey, durante ... la presente legislatura.
Los documentos no tendrían mayor interés si no fuese porque, como es el caso citado, continúan del siguiente modo: «Con fecha 24/01/2013 se emite informe desfavorable de la Secretaría Xeral do Concello»; «Se emite informe desfavorable del aparejador municipal con fecha 25/01/2013» y «Se emite informe desfavorable del asesor jurídico con fecha 25/01/2013». El párrafo que precede a la resolución indica que «no obstante, el órgano competente para la concesión de licencias es el Sr. Alcalde-Presidente».
En total, ABC ha podido acceder a 16 documentos con idéntica redacción, a los que se adjuntan los informes negativos ignorados por el regidor, que tienen un denominador común: las objeciones del personal técnico y de control del municipio pontevedrés no se refieren nunca a cuestiones menores, sino a cuestiones vitales como la naturaleza legal del suelo donde se va a edificar o la falta de servicios de suministro previos y planificación proyectada para su dotación.
Se da la circunstancia de que el mismo sistema, el decreto firmado por Rey, sirvió al regidor para la contratación de buena parte del personal externo tanto técnico como jurídico. En dichas contrataciones, todas ellas de «servicios» y vinculadas a la concejalía de Urbanismo, el dirigente socialista ya contó con alegaciones de Secretaría e Intervención que le hicieron recurrir a su ya habitual fórmula de gobierno: el decreto.
El propio asesor jurídico que se suma a los inconvenientes legales planteados por algunas de las licencias solicitadas y a la postre otorgadas, hubo de ser contratado «por decreto», después de que Intervención señalase que, de ser necesario ese puesto en las condiciones planteadas, el Ayuntamiento debía abrir un proceso de selección para crear una plaza laboral, y no un contrato de servicios.
Potestad y límites
Aunque a priori el decreto es una herramienta de uso habitual en todos los municipios, y está contemplado en las potestades propias de la administración local, tiene dos características especiales en la utilización que de ello hace Rey. La primera, que el número de cuestiones que requieren de decreto es en Caldas superior a lo habitual en otros concellos de similares características. La segunda, que dicha potestad carece de valor si se hace por encima de la ley.
«No obstante, el Sr. Alcalde-Presidente...»
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