política
El Supremo rechaza la petición de Adena de rectificar un auto sobre las prospecciones frente a Canarias
La organización ecologista solicitó al alto tribunal que corrigiera la condena en costas
m. ramos
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha desestimado la petición de la organización ecologista WWF—Adena de rectificar un auto dictado el 4 de noviembre que rechazó su recurso de reposición contra otro auto de septiembre, donde pedía ampliar su recurso al anuncio de información pública de los sondeos ... exploratorios autorizados frente a Canarias.
En el citado auto del 4 de noviembre, la sala dictaminó una condena en costas: «La desestimación del recurso implica la condena en costas a la parte que lo ha interpuesto, fijando en 300 euros la cantidad que por todos los conceptos el condenado al pago de las costas ha de satisfacer a cada una de las partes contrarias».
Tras esta resolución judicial, el grupo ecologista acciona contra la imposición de costas y, en un escrito del 15 de noviembre, pide al Supremo su rectificación en lo tocante a la cuantía, alegando la naturaleza jurídica de WWF—Adena, «una entidad sin ánimo de lucro».
En el periodo de alegaciones abierto a continuación, en el que las demás partes pueden presentar todas aquellas que estimen oportunas, la representación procesal de Repsol se opuso a la petición de Adena en un escrito fechado el 20 de noviembre, así como también el Abogado de Estado, quien, en otro escrito, declara que «no ha lugar a la rectificación solicitada», relata la sala en un auto aclaratorio de este 5 de diciembre.
El alto tribunal argumenta que la pretensión de la Asociación WWF— Adena, «en lo que concierne a la imposición de la condena en costas y a la reducción del límite máximo de 300 euros que ha de satisfacer a cada una de las partes demandadas, no puede prosperar, porque la circunstancia de que sea una entidad sin ánimo de lucro que persigue un objetivo de utilidad pública de protección del medio ambiente, no constituye causa determinante de dicho pronunciamiento, que se sustenta en la aplicación del artículo 139.6 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso—Administrativa, en relación con lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Civil, que determina que se impondrán las costas al litigante vencido», sostiene categóricamente el ponente Jose Manuel Bandres Sanchez-Cruzat. Tras este único razonamiento jurídico expuesto, la sala acuerda desestimar la petición de rectificación del citado auto.
El origen de las costas se remonta a un auto del 30 de septiembreEl origen de las costas impuestas a la organización ecologista se remonta a un auto del 30 de septiembre, en el que la sala rechaza la ampliación del recurso de reposición contra dicha resolución. En un escrito de 9 de octubre, Adena había reclamado ampliar su recurso al anuncio del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Las Palmas de Gran Canaria, por el que se sometía a información pública el Estudio de Impacto Ambiental de Repsol y los correspondientes informes de implantación de los proyectos exploratorios.
Pero el 4 de noviembre la organización recibía, de nuevo, el rechazo del Supremo a esta solicitud con relación a la tramitación de los permisos para perforar a unos 60 kilómetros de las costas canarias . El fallo no sólo desestimaba su recurso, que también pedía dejar sin efecto el auto de septiembre, sino que efectuaba una expresa imposición de las costas a Adena, «en los términos fundamentados».
Señala la sentencia que, abierto un plazo de cinco días para que, en su caso, las partes tuviesen la posibilidad de impugnar dicho recurso, la representación procesal de Repsol pidió su desestimación en un escrito presentado el 17 de octubre, al igual que el Abogado del Estado, en otro escrito de oposición del 24 de octubre.
Sobre este asunto, desde septiembre hasta ahora, el grupo ecologista ha encadenado tres desestimaciones prácticamente consecutivas en sus acciones jurídicas ante el Supremo: el auto del 30 de septiembre, que rechaza su petición de ampliación; el recurso de reposición a dicha sentencia, en un auto de 4 de noviembre que le impuso costas, y ahora, tras la resolución del 5 de diciembre, el Supremo echa por tierra su petición de rectificación de la sentencia anterior.
El Supremo rechaza la petición de Adena de rectificar un auto sobre las prospecciones frente a Canarias
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