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Insumisión

El Gobierno aprobó ayer, a instancias del Ministerio de Justicia, la supresión de los delitos contra el deber de prestación del servicio militar y de la prestación social sustitutoria, ambos contenidos en el Código Penal. Se acaba así, y además con efecto retroactivo, con el delito de insumisión, una medida que afecta a cerca de cuatro mil personas con sentencia firme o con un procedimiento judicial abierto.

Se trata de una resolución absolutamente lógica y coherente, acorde con los tiempos y con la realidad social española. La profesionalización de las Fuerzas Armadas y la supresión desde el pasado 1 de enero del Servicio Militar obligatorio y, consecuentemente, de la prestación social sustitutoria, dejan absolutamente sin sentido el castigo por insumisión. Castigada en el pasado con penas privativas de libertad de extensión variable, la insumisión pasó con el Código Penal de 1995 a ser penada fundamentalmente con la inhabilitación, y la prisión se reservaba a casos muy graves; con la reforma penal de 1998 se redujeron las penas de inhabilitación y se suprimió la privación de libertad. La decisión del Ejecutivo es, por tanto, el desenlace lógico de un proceso que ha caminado paralelo a la progresiva transformación de la sociedad española y a la adecuación de las Fuerzas Armadas a las necesidades de la nación y de sus habitantes.

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