El tripartito desacata el fallo y agrava las multas lingüísticas
Hoy se aprueba el Código de Consumo, cuestionado por el TC junto con otras 7 leyes
MARIA JESÚS CAÑIZARES
El tripartito catalán parece estar dispuesto a seguir la vía del desacato pues, en contra del dictamen del Tribunal Constitucional, permitirá con sus votos aprobar hoy en el parlamento autonómico la ley del código de consumo, en donde se prevé un endurecimiento de las multas ... a los comerciantes que no rotulan sus establecimientos en catalán. Según los expertos consultados por ABC, se trata de una de las ocho leyes que desarrollan el estatuto y que están afectadas por la sentencia del TC. El citado código de consumo se basa en el artículo 34 del estatuto, dedicado a los derechos lingüísticos de los consumidores que, según el alto tribunal, necesita interpretación para ser considerado constitucional.
Existen otras cinco leyes vigentes inspiradas en artículos también cuestionados por la sentencia. La ley de inmigración aplica el artículo 138 del estatuto, relativo a competencias ejecutivas asignadas a la Generalitat que pueden entrar en colisión con la potestad estatal. Asimismo, la ley de consultas, con la que el Gobierno catalán se dota de un instrumento para convocar un referendo de independencia, aplica el artículo 122 del estatuto, donde también se incurre en conflicto competencial, según los magistrados del TC. Esta normativa, impulsada a instancias de ERC, fue aprobada por el Ejecutivo de José Montilla, aún a sabiendas de que es el Estado el único competente para convocar ese tipo de consultas que afectan a la estructura jurídica nacional.
Defensor del Pueblo
Igualmente polémica fue la ley de educación, vigente pero impugnada por el PP ante el TC, y que alude a los artículos 35.1 y 35.2 del estatuto. Ambos necesitan interpretación. según la sentencia del TC. La ley de educación consagra tanto la inmersión lingüística como la exclusión de la tercera hora de castellano. El alto tribunal declara la nulidad del artículo 78.1 que regula la figura del Síndico de Greuges (el defensor del pueblo catalán) y le atribuye competencias exclusivas en supervisión del quehacer de las administraciones y así fue recogido en la ley de la «Sindicatura de Greuges», actualmente en vigor. Igualmente nulo queda el artículo 76.4 relativo al Consejo de Garantías Estatutarias, un «tribunal constitucional a la catalana» que vela por el ajuste de las leyes al estatuto y a la Constitución. Ese artículo fue desarrollado en la ley del Consejo de Garantías Estatutarias y alude al carácter vinculante de los dictámenes emitidos por este órgano del que discrepan los magistrados del TC.
Hay otros dos proyectos de ley que están pendientes precisamente de dictamen de ese Consejo. Por un lado, la ley de veguerías, prevista en los artículos 90 y 91 del estatuto y que regula la reordenación territorial catalana. Según el TC, es necesario interpretar esos dos artículos para ser constitucionales. Por otro lado, el proyecto de ley del libro II del Código Civil afectada por el artículo 129 del estatuto, que también debe ser reinterpretado.
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