El Tribunal de Londres, sobre el Rey: «La ley no otorga inmunidad» aunque haya un «riesgo» de perjudicar a Felipe VI
Don Juan Carlos sólo podrá pelear su inviolabilidad por los hechos anteriores a 2014
Madrid
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Iniciar sesiónEl Tribunal de Apelaciones de Reino Unido entiende que don Juan Carlos tiene derecho a recurrir el fallo que le negó la inmunidad en la demanda de Corinna Larsen pero sólo en lo que respecta a los hechos anteriores a su abdicación ... en junio de 2014. Según la resolución hecha pública hoy, el problema que se plantea «no es sencillo» y no se puede resolver en esta fase.
Sobre estos hechos, tomarán una decisión más adelante. No obstante, los magistrados sí dan luz verde para que el juez Nicklin, del Tribunal Superior de Justicia de Inglaterra, investigue el presunto acoso denunciado por Larsen desde que dejó de ser jefe del Estado y que se habría extendido en el tiempo hasta el año 2020. «No es concebible que el demandado sea descrito como parte de la Casa Real en cualquier sentido», dice la resolución, pues don Juan Carlos no vive con su hijo Felipe VI- ni siquiera en el mismo país, destacan los jueces- y no «juega ningún papel» en el desarrollo de su trabajo.
«Tampoco puede interpretarse que la ley otorgue inmunidad a miembros de la familia siempre que haya riesgo de perjuicio a la «dignidad» de un jefe de Estado», concluye la Corte. El abogado del rey emérito, Timothy Otty, defendió en la vista el pasado 18 de julio que cualquier procedimiento que afectara a Juan Carlos I impactaría «necesariamente» en Felipe VI. Sin embargo, los jueces discrepan: «No creo que ese argumento tenga ninguna perspectiva real de éxito».
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Llegados a este punto, los magistrados insisten: el hecho de que don Juan Carlos forme parte de la familia del Rey no es «suficiente» para amparar sus actos. Asimismo destacan que el Congreso de los Diputados «no consideró correcto extender» la inmunidad de forma tan amplia «como para cubrir todos los casos posibles en los que eso podría ocurrir».
No obstante el Tribunal de Apelaciones sí permite al rey emérito pelear por su inmunidad por los hechos denunciados cuando aún era jefe del Estado. Esto incluye un «registro encubierto» de la casa de Larsen en Mónaco, que habría realizado el entonces director del Centro Nacional de Inteligencia de España (CNI), Félix Sanz Roldan, «bajo la dirección o con el consentimiento» de don Juan Carlos.
Entiende el magistrado que hay que dilucidar si ambos actuaban en misión oficial y si los actos tienen un «carácter público» –es decir, si don Juan Carlos estaba usando su poder como Jefe de Estado para «hostigar» a su examante bajo el amparo de su posición. Algo que para el juez, en cualquier caso, «sin duda, sería un abuso de poder»– o si, como viene sosteniendo la defensa de Corinna Larsen no cabe reconocer ninguna inmunidad al rey emérito por los actos de los que le acusa al entender que fueron «actos privados» que nada tenían que ver con el desempeño de sus funciones como jefe del Estado. Es lo que entendió el juez Nicklin, el primer magistrado que le negó la inmunidad a don Juan Carlos.
El rey emérito tiene
derecho a la inmunidad por los hechos cuando aun era jefe de Estado
Sin embargo en la vista en el Tribunal de Apelaciones su defensa volvió a insistir: el rey emérito tiene derecho a la inmunidad de acuerdo a la Constitución española de 1978. Es por ello que ahora los jueces entienden que el problema que se plantea «no es sencillo». Para evitar tomar decisiones poco meditadas, y a pesar de que reconocen que algunos de los «motivos alegados no son verdaderamente discutibles», concluyen en este caso que lo más conveniente sería estudiarlo con mayor profundidad pues no se puede resolver en esta fase. Por ello reconocen al rey don Juan Carlos su derecho a impugnar su inmunidad por los hechos anteriores a que dejara de ser jefe del Estado. Ahora la corte tendrá que estudiar el asunto en profundidad y adoptará una decisión final más adelante.
En la resolución los jueces destacan, además, que el propio «Reino de España» no ha mostrado «ningún interés en la cuestión de la inmunidad en este caso».
De esta forma, el Tribunal de Apelaciones ha autorizado a impugnar la decisión adoptada el pasado 24 de marzo por el juez Nicklin, magistrado del Tribunal Superior de Justicia que determinó que Don Juan Carlos no gozaba de la inmunidad que le confería la Jefatura del Estado por haber abdicado. «Solo hay un Rey y un jefe de Estado en España y, desde el 19 de junio de 2014, ese es su hijo, el Rey Felipe VI», dictaminó
La denuncia de Corinna
La demanda fue presentada en diciembre de 2020 ante la justicia británica. En ella, Corinna solicitaba una orden de alejamiento para Don Juan Carlos, que le impidiera comunicarse con ella o acercarse a una distancia inferior a los 150 metros. También pedía una compensación económica no cuantificada por los daños y perjuicios sufridos.
Señalaba al Rey como el responsable del «seguimiento abierto y encubierto» que habrían realizado agentes del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) español en Londres, donde reside, y en Montecarlo, dónde tiene una segunda residencia.
«Se sintió enojado, rechazado y / o humillado porque ella no reanudaría su relación romántica e íntima, y quería castigarla por negarse a someterse a su voluntad», relata en la demanda a la que tuvo acceso ABC. «Le preocupaba que ella pudiera revelar información sobre sus negocios y asuntos privados« y estaba »injustificadamente» enfadado porque ella se había negado a devolver la donación de casi 65 millones de euros que previamente don Juan Carlos habría recibido por parte de Arabia Saudí.
«Ha sufrido gran angustia, ansiedad, sueño, privaciones y preocupación por su propia seguridad física y la de sus hijos», exponía el escrito.
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