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El Ayuntamiento de Leitza deberá retirar la ikurriña

El juez considera que la actuación municipal supone “un fraude de ley” y le obliga a pagar las costas procesales

G,M,

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Pamplona ha condenado al Ayuntamiento de Leitza (Navarra) a retirar la ikurriña que ondeaba en un mástil instalado en el exterior del consistorio a fin de “restaurar el orden legal alterado”. El fallo considera que la actuación municipal supone “un verdadero supuesto de fraude de ley”.

En un primer momento, el equipo de gobierno municipal, en poder de la ilegalizada ANV, había ignorado una orden foral de octubre de 2009 por la que se le exigía que descolgara la enseña vasca, en cumplimiento de la Ley de Símbolos de Navarra. De modo que ante su negativa, el pasado mes de enero el Gobierno presidido por Miguel Sanz acudió a la vía contencioso administrativa. El fallo estima íntegramente el recurso del Ejecutivo navarro y declara la nulidad de la actuación del Consistorio de Leitza, que además deberá pagar las costas procesales.

Al respecto, la sentencia precisa que la actuación municipal “no resulta ajustada a derecho” porque “ha hecho caso omiso de los requerimientos” y se ha “limitado únicamente” a pedir un informe en el que se recogen unos planteamientos “que no tienen encaje jurídico alguno”. Según el juez, la actuación municipal constituye “un verdadero supuesto de fraude de ley”, ya que como tal están tipificados “los actos realizados al amparo del texto de una norma que persigan un resultado prohibido por el ordenamiento jurídico o contrario a él”. En este caso, añade el fallo, de la legislación foral no se deriva que el ayuntamiento “pueda instalar una bandera ajena” a Navarra.

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