El decreto que limita la jornada continua en los colegios madrileños, a un paso de su aprobación
Solicitan dictamen de la Comisión Jurídica Asesora, previa a dar luz verde a la nueva norma
Los nuevos colegios en Madrid tendrán jornada partida y se tratará de revertir la continua en los que ahora la tienen
Madrid
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Iniciar sesiónEl último paso para aprobar el decreto que restringirá la jornada continua en los colegios públicos madrileños se ha dado ya en el Gobierno regional: el consejo de Gobierno ha conocido el informe sobre la solicitud de dictamen de la Comisión Jurídica Asesora sobre ... este proyecto de decreto. En breve recibirá luz verde y supondrá que los nuevos centros escolares que se abran a partir del próximo curso tendrán que tener jornada partida.
El Ejecutivo regional está convencido de que es mejor para el rendimiento de los alumnos y para favorecer la conciliación que los niños vayan a clase mañana y tarde, con un descanso largo entre un periodo y el otro. Argumenta que hay varios estudios científicos que avalan combinar periodos lectivos, con tiempos de ocio, alimentación y descanso para potenciar el bienestar de los estudiantes.
No obstante, el nuevo decreto no va a alterar las circunstancias de los colegios que ya tengan jornada continua. De hecho, los centros que ya tengan la modalidad de horario continuo podrán mantenerlo o proponer el cambio, previa petición de un tercio del Consejo Escolar.
Actualmente, el 75% de los centros públicos tienen horario continuado, y en el 25% restante los estudiantes van a clase por la mañana y por la tarde. El Decreto establecerá que la jornada lectiva se organice, con carácter general, en dos sesiones de mañana y tarde, separadas por un intervalo de dos horas, con la posibilidad de mantener la opción de continuada en los meses de septiembre y junio. La única excepción serán aquellos centros que ya tuvieran aprobado el horario continuado para su actividad docente, antes de la entrada en vigor de la norma.
Además, el texto regula el procedimiento para que estos colegios públicos, si así lo desean, puedan tramitar y aprobar el cambio de su jornada escolar al horario partido. La iniciativa deberá partir de al menos un tercio del Consejo Escolar, que lo comunicará al claustro y convocará una consulta obligatoria a las familias, cuyos votos podrán emitirse de forma presencial, postal o telemática.
Una vez celebrada la votación, el presidente de dicho consejo informará de su resultado al claustro y a los miembros del órgano, y el director lo trasladará a la Dirección de Área Territorial correspondiente. Será su titular quien autorice o deniegue el cambio, atendiendo a criterios organizativos, pedagógicos y de conciliación familiar, tomando en consideración las conclusiones de las consultas. Todo este proceso deberá realizarse antes del 15 de marzo de cada año.
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