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MOROS Y CRISTIANOS

El Casal festero de Alcoy crea una norma para destituir al directivo que «menosprecie» a la entidad

La propuesta consensuada de nuevos estatutos también incorpora tres cláusulas para garantizar la «no discriminación» por sexo

Capitán cristiano de la Filà Cides en una Entrada de Alcoy. EFE

J. L. FERNÁNDEZ

El Casal que rige las fiestas de Moros y Cristianos de Alcoy tiene ultimado un «documento consensuado« para la reforma de sus Estatutos que, entre otras novedades, introduce tres cláusulas en otros tantos artículos para asegurar que no se discrimina a las mujer en ningún aspecto de la participación. Y también se blinda ante las posibles autocríticas que considere excesivas en su seno.

Sobre este último aspecto, el artículo 103, de nueva creación, estipula que «los miembros electos de la Junta Directiva y el Cuadro de Honor podrán ser removidos en su cargo por actuaciones o manifestaciones injuriosas, despectivas o que menosprecien la Asociación de San Jorge y sus fines».

Eso sí, establece una serie de garantías para que esta medida tan drástica no sea arbitraria ni una decisión unipersonal. De entrada, esta «propuesta de remoción» deberá ir firmada al menos por el 35% de los miembros de la asamblea con voto, y dirigida al Consell, que emitirá a su vez informe. Si es favorable, bastará con la mayoría simple de asistentes a la asamblea; si es desfavorable, precisará de 2/3 en esa votación.

Incluye igualmente la propuesta final de estatutos, tras las enmiendas presentadas, la contratación de un asesor jurídico , tal como avanzó ABC.

En lo que se refiere al fin de la discriminación, las alusiones están en el artículo 56: «Las personas que sin ser individuos festers deseen colaborar en los actos de la fiesta o participar en los actos internos de la Filà , podrán hacerlo con arreglo a lo que determine su reglamento, que regulará la forma de participación, derechos y obligaciones. Todas las modalidades de participación serán iguales, sin distinción de sexo».

También en el 57, que señala que « para ingresar en una Filà , se requiere ser presentado y admitido según el reglamento de cada Filà y del presente Estatuto, mediante acuerdo de la Junta General de la Filá, con criterios objetivos y no discriminatorios, y con lista de espera interna de carácter público».

Y finalmente en el artículo 92, en el que se preserva que «todas las modalidades de participación, incluidas las económicas , serán iguales sin distinción de sexo».

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