Condenados dos cobradores del Frac por coaccionar a una madre y a su hija
Las mujeres denunciaron los hechos porque se sentían amenazadas continuamente y tenían miedo
El titular del juzgado de Instrucción número 15 de Valencia ha condenado a dos "cobradores del Frac" por coaccionar a una madre y a su hija para cobrar una deuda. Las mujeres denunciaron los hechos porque se sentían amenazadas continuamente y tenían miedo, según consta ... en la sentencia facilitada por el letrado de las denunciantes, Francisco Davó.
Según consta como probado en el escrito, el 19 de mayo de 2010, los dos denunciados, en calidad de empleados de la empresa "El cobrador del Frac", se dirigieron al domicilio de las denunciantes, en Valencia, se introdujeron en el portal y se cruzaron con la madre, quien regresaba de recoger a su nieta del centro escolar.
En ese momento, la niña manifestó a su abuela que estaban ahí los "hombres malos", por lo que ésta se dirigió al colegio y posteriormente al retén de la Policía, mientras estaba siendo perseguida por los denunciados a escasa distancia, sin separarse, hasta que fueron identificados por los agentes.
Así mismo, los denunciados también se personaron en el domicilio de las mujeres, donde aporrearon la puerta de la entrada, y en el trabajo de la hija. También le hicieron diversas llamadas telefónicas exigiéndole el pago de una deuda derivada de la actividad empresarial de su padre, "mediante insultos y frases amenazantes".
La madre mantuvo en todo momento que tanto ella como su hija desconocían cualquier extremo de la supuesta deuda origen derivada de la actividad empresarial de su ex marido, y afirmó que ambas estaban siendo sometidas a una persecución "constante", coaccionándolas y amenazándolas continuamente, por lo que tenían miedo, ya que los denunciados utilizaban expresiones "violentas" o "agresivas".
El juez dio la razón a las denunciantes y ha condenado a los 'cobradores' a pagar una multa de 20 días con cuota diaria de 60 euros, al considerar que accedieron a su inmueble sin que las interesadas se encontraran en el domicilio, y porque no acreditaron de forma alguna el medio, cantidad o forma de pago para el cobro. Se limitaron a decir que realizaban una orden del departamento de Madrid.
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