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Una juez avala la prohibición de reuniones de más de diez personas en Cataluña para frenar el Covid

La magistrada entiende que la medida es «absolutamente necesaria» y dado que el ámbito social y familiar es uno de los que más contagios está registrando

Las reuniones de más de diez grupos están prohibidas Inés Baucells

ABC

Un juez de Barcelona ha avalado, en contra del criterio de la Fiscalía, la resolución de la Generalitat que prohíbe en toda Cataluña las reuniones de más de diez personas , al entender que es una medida «absolutamente necesaria» para frenar la propagación del coronavirus y evitar un nuevo confinamiento.

En un auto, que se puede recurrir, la titular del juzgado de lo contencioso número 13 de Barcelona acuerda ratificar, durante un plazo de quince días por el momento, las medidas aprobadas por la Generalitat, que limitan las reuniones sociales a un máximo de diez personas tanto en el ámbito público como en el privado.

La Generalitat ha pedido al juzgado que confirmara esas medidas, anunciadas el pasado lunes, pero la Fiscalía se ha opuesto a su ratificación.

En su auto, la juez avala la decisión de restringir las reuniones durante el menos quince días, al considerar que la medida es adecuada para atajar la propagación del coronavirus, puesto que es el ámbito social y familiar donde están aumentando los contagios, y teniendo en cuenta que solo limita «mínimamente» la libertad individual.

En opinión de la juez, a la hora de ratificar las restricciones acordadas por el Govern debe valorarse la protección de la salud de las personas, el derecho fundamental a la vida y la integridad física y moral, así como la necesidad de controlar la curva de contagios por coronavirus.

«Incidencia en el modo de vida, pero necesario»

La juez cree «evidente» que la limitación de las reuniones «tendrá cierta incidencia en el modo de vida de los ciudadanos», pero cree que es necesario teniendo en cuenta que «el mayor número de brotes y de contagios proviene del ámbito familiar y social» y especialmente de los más jóvenes , por su «perfil social de elevada movilidad y mayor interacción social».

En ese sentido, considera la juez que la restricción es «proporcionada con la finalidad perseguida«, dado el »acreditado y constante aumento de los contagios«, sin que sea posible »imaginar« otra medida de menor incidencia en la esfera jurídica de los ciudadanos que consiga la misma finalidad.

La juez recalca que, desde el fin del estado de alarma, «se ha tratado de contener los brotes a través de recomendaciones a la ciudadanía, como la relativa a la disminución de desplazamientos individuales y colectivos, o la adopción de medidas limitadas a áreas territoriales concretas», pero todas ellas han resultado « ineficaces «.

En opinión de la magistrada, es necesario controlar la curva de contagios para evitar tanto el colapso del sistema sanitario, que «sin duda alguna tendría lugar en un breve espacio de tiempo» si prosigue la tendencia al alza de los casos, como un nuevo confinamiento que afectaría «no solo la libertad deambulatoria de los ciudadanos sino además la maltrecha economía».

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