El acuerdo entre el PSOE y Junts abre la puerta a auditar al Poder Judicial en sede parlamentaria
El texto reconoce una persecución judicial de carácter político al independentismo ('lawfare') y pone en manos de «comisiones de investigación» analizar los casos
PSOE y Junts pactan negociar un referéndum y una amnistía de 2012 a 2023
Lee el documento íntegro del acuerdo
Directo: Pacto PSOE-Junts para la investidura de Pedro Sánchez

El acuerdo que han alcanzado el PSOE y Junts para la investidura de Pedro Sánchez abre la puerta a una auditoría del Poder Judicial en sede parlamentaria, al reconocer que ha existido una persecución del independentismo en los tribunales con carácter político ('lawfare') y ... depositar en «comisiones de investigación» el decidir de qué casos se trata. Contempla además, que se puedan exigir «responsabilidades» por ello.
El texto, difundido este jueves, recoge entre sus puntos la promulgación de una Ley de Amnistía de la que se habrán de beneficiar «tanto los responsables como los ciudadanos que, antes y después de la consulta de 2014 y del referéndum de 2017 han sido objeto de decisiones o procesos judiciales vinculados a estos eventos». En su comparecencia ante los medios, el número 3 del PSOE, Santos Cerdán, ha puesto el contador en el año 2012.
Conforme concreta, «las conclusiones de las comisiones de investigación que se constituirán en la próxima legislatura se tendrán en cuenta en la aplicación de la ley de amnistía en la medida que pudieran derivarse situaciones comprendidas en el concepto lawfare o judicialización de la política».
El 'lawfare' o «judicialización de la política», cuya existencia reconoce el acuerdo, significa aceptar como hecho cierto que hubo jueces y tribunales que persiguieron al independentismo catalán en sus distintas manifestaciones por una cuestión ideológica y no de aplicación de las leyes vigentes en cada momento.
«Acciones de responsabilidad»
Y según el tenor del acuerdo, serán diputados quienes decidan qué jueces o tribunales incurrieron en esas conductas, habida cuenta de que sus «conclusiones», como dice el texto, serán tenidas en cuenta a la hora de aplicar la ley de amnistía, es decir, de incluir a unos u otros en el manto de olvido que supone una norma de esas características.
Todo, «con las consecuencias que, en su caso, puedan dar lugar a acciones de responsabilidad o modificaciones legislativas». Esta apostilla es una plataforma de lanzamiento para que personas procesadas, juzgadas y/o condenadas por delitos que esas «comisiones de investigación» consideren como perseguidas injustamente, puedan pedir cuentas, si bien el documento no concreta si a los jueces que aplicaron las leyes o al propio Estado en forma de indemnizaciones.
«A raíz de lo acontecido -dice el texto tras citar la aplicación del 155 de la Constitución en Cataluña- se iniciaron múltiples causas judiciales, muchas de ellas aún sin resolver, que afectan a un gran número de personas. Dichas causas judiciales han tenido una incidencia política relevante, al igual que diversas resoluciones de organismos internacionales», señala, sin afinar cuáles dan la razón al independentismo y cuáles no.
El Constitucional como origen del conflicto
El relato de lo acontecido que construye el texto pone en solfa la actuación del Tribunal Constitucional en lo que se refiere al procés, al situarle como el principal desencadenante de que se haya llegado a esta situación, este momento concreto, en el que el partido que quiere mantenerse en la Moncloa y el que lidera un prófugo de la justicia han tenido que firmar un acuerdo «para procurar la plena normalidad política, institucional y social».
«Una parte importante de la sociedad catalana ha protagonizado en los últimos años una gran movilización en favor de la independencia. Este período no puede comprenderse sin la sentencia del Tribunal Constitucional de 2010, a raíz fundamentalmente de un recurso del PP contra el Estatut aprobado por el Parlament, por las Cortes Generales y en referéndum», dice el primer párrafo del preámbulo del texto.
Efectivamente, fue un recurso de diputados del Partido Popular, presentado en el año 2006, lo que llevó al Tribunal de Garantías a analizar el texto. Impugnaron 114 de sus 223 artículos. Finalmente, el Constitucional anuló un total de 14 por inconstitucionales -invadían competencias- y sometió a interpretación otros 27. La clave para el independentismo fue que aquella resolución quitaba eficacia jurídica a una frase del preámbulo que reconocía Cataluña como nación.
El texto del acuerdo dice sin embargo que «la sentencia del TC del año 2010 conllevó que hoy Catalunya sea la única comunidad autónoma con un estatuto que no ha sido votado íntegramente por su ciudadanía». Y la afirmación no se ajusta a la realidad: también ha anulado por inconstitucionales preceptos de estatutos de otras comunidades autónomas. Andalucía y Castilla y León, en el año 2011, sin ir más lejos.
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