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Los separatistas amenazan con no cumplir la suspensión de los diputados presos

Llarena informa a Hacienda de que ya no necesita los informes de la malversación

Pablo Llarena en una imagen de archivo EFE
Nati Villanueva

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Tras nueve meses de instrucción en el Tribunal Supremo, el juez Pablo Llarena ha dado por concluida la investigación del golpe secesionista . En un auto notificado ayer, el magistrado declara la rebeldía de los huidos y acuerda la suspensión de Carles Puigdemont y de los cinco procesados por rebelión que están en prisión preventiva y que, como el expresidente de la Generalitat , también son diputados. Se trata de Oriol Junqueras, Jordi Turull, Josep Rull, Raül Romeva y Jordi Sànchez.

Pese al auto judicial, desde Junts per Catalunya (JpC) y la CUP se exigió a la Mesa del Parlamento catalán que su aplicación se votase en un pleno. Roger Torrent , presidente parlamentario, se limitó a señalar que «analizará» su contenido.

Como adelantó ABC el pasado mes de febrero, esta suspensión, que se produce de forma automática en virtud del artículo 384 de la Ley de Enjuciamiento Criminal -y sólo para presos procesados por rebelión o terrorismo-, es de carácter provisional. Esto implica que durante un tiempo los parlamentarios no podrán ejercer sus funciones ni cobrar sus sueldos , pero está en manos de la Mesa del Parlament la posibilidad de que puedan ser sustituidos temporalmente por otros integrantes de sus candidaturas.

Como Llarena explica en uno de los ocho autos notificados ayer, se trata de una «medida cautelar de naturaleza pública y extraordinaria» por la que se impide que «personas que ofrecen indicios racionales de haber desafiado y atacado de forma grave el orden de convivencia democrática mediante determinados comportamientos delictivos, entre los que se encuentra el delito de rebelión, puedan continuar en el desempeño de una función pública de riesgo para la colectividad cuando concurren además en ellos los elementos que justifican constitucionalmente su privación de libertad». Esta medida, distinta de la que se derivaría de una inhabilitación vía sentencia, quedaría sin efecto si finalmente se atribuye a los procesados «otras infracciones penales distintas de la rebelión, o si se modifica la situación de prisión provisional a la que están sujetos». En ese caso se reactivaría el derecho de los procesados a representar a sus electores.

Pese a que la suspensión debería afectar a los también diputados Toni Comín y Meritxell Serret , el juez ha aceptado la pretensión de sus defensas de recurrir su procesamiento -pues se han personado en la causa recientemente-. Hasta que ese procesamiento no sea firme, no se les podrá aplicar la suspensión prevista en el artículo 384.

Desobediencia

Tras conocer la decisión de Llarena, Torrent -desde el Québec (Canadá), en viaje oficial- criticó que «quieren adulterar las mayorías parlamentarias» y añadió que «esta resolución no es firme, pero cuando la tengamos analizaremos su contenido en la Mesa» . Sin tapujos se mostraron Gemma Geis (JpC) y Maria Sirvent (CUP), que exigieron directamente que su aplicación se vote en el pleno.

La conclusión de la causa afecta únicamente a los procesados que se encuentran a disposición del juez instructor. Respecto a los huidos de la Justicia -Puigdemont, Comín, Puig, Serret, Ponsatí, Rovira y Gabriel-, el juez acordó en otro auto declarar su rebeldía , lo que supone que quedarán en una pieza separada a la espera de que estén a disposición de la Justicia.

El juez rechaza en esa misma resolución las diligencias solicitadas tanto por Vox como por las defensas por ser «innecesarias» o «reiterativas». Entiende que se han practicado cuantas diligencias han sido necesarias para esclarecer los hechos y determinar su eventual participación en los mismos. Además, el juez ha dictado otros siete autos en los que resuelve distintas peticiones, entre ellas la libertad de Joaquim Forn, que deniega por riesgo de reiteración delictiva y de fuga.

La demora de Hacienda

En lo que parece una crítica por la demora de la documentación solicitada , el juez acuerda dejar sin efecto la solicitud que realizó a Montoro para que elaborase un informe de análisis técnico-contable respecto de la documentación entregada por la Generalitat con ocasión de los cuatro requerimientos efectuados por ese Ministerio a la Interventora General a lo largo de los años 2017-2018. Dice que ese informe se puede llevar a juicio.

Por último, declara bastante la fianza de 2,1 millones ingresada por la ANC para responder de las posibles responsabilidades civiles de los políticos.

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