Condenado un hombre por intentar ahogar a su mujer con un cojín
Tendrá que indemnizar a la víctima con 5.000 euros y no podrá acercarse a ella en los próximos cinco años
La sección primera de la Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a tres años y seis meses de prisión a un hombre que intentó ahogar con un cojín a su mujer, a quien no podrá acercarse en cinco años y a quien tendrá que indemnizar ... con 5.000 euros.
La sentencia, contra la que cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo, condena a este hombre por un delito de intento de asesinato, aunque le ha aplicado la eximente incompleta de trastorno mental y la agravante de parentesco . Además, ordena prohibición de comunicarse por cualquier medio o acercarse a la víctima a una distancia no inferior a 500 metros, durante cinco años, así como al pago de las costas del juicio, y de la indemnización de 5.000 euros a la víctima , con quien llevaba 38 años casado.
Abierta la sesión del juicio oral, el presidente preguntó al procesado si se confesaba autor del delito que se le imputaba y éste contestó afirmativamente. El abogado defensor no estimó necesaria la continuación del juicio oral, por lo que el presidente lo declaró concluso y visto para sentencia.
Así, la sala considera como hechos probados que el 16 de octubre de 2010 el procesado se acercó a su mujer, que estaba acostada en la cama en duermevela y "sin mediar discusión alguna y le dijo: ' abre la boca que te voy a sacar una cucaracha ', al tiempo que le introducía un pañuelo para que no gritara, y con ánimo de causarle la muerte, le cogió del cuello apretándole fuertemente".
Según señala la sentencia, después "la sacó a rastras de la cama, y a empujones y tirándole del pelo la llevó hasta el baño, donde tras coger un cojín para asfixiarla, continuó apretándole el cuello para causarle la muerte , poniéndose encima de ella diciéndole que la tenía que matar". Después, según añade, "pensando que estaba muerta, el procesado llamó a sus hermanos para decirles que había matado a su mujer y que llamaran a la Guardia Civil, lo que hicieron de forma inmediata". Acto seguido, fue detenido.
La víctima como consecuencia de la agresión del procesado sufrió lesiones que necesitaron primera asistencia y tardaron en curar diez días. No obstante, la sentencia aprecia que en el momento de los hechos el procesado " sufría un trastorno adaptativo que, si bien no anulaba sus capacidades cognitivas, si favoreció la aparición de la conducta agresiva debido a un deterioro del control volitivo, y por tanto producía una disminución de su capacidad volitiva". Por ello, ha decidido aplicar la eximente incompleta de trastorno mental.
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