El TC se dispone a avalar la constitucionalidad de la prisión permanente revisable seis años después
El Pleno del órgano de garantías estudia el recurso del PSOE y otros grupos contra esta figura jurídica, sobre la que se plantea acortar el plazo de revisión
Los magistrados también tienen previsto apoyar la inconstitucionalidad del segundo estado de alarma y del parón en el Congreso
Esta funcionalidad es sólo para registrados
Iniciar sesiónSeis años después de su entrada en vigor, y con más una decena de condenas ya impuestas, la posible inconstitucionalidad de la prisión permanente revisable está por fin esta semana sobre la mesa del Pleno del Tribunal Constitucional, que entre este martes y el ... jueves debatirá asuntos de máxima trascendencia, como es esta controvertida figura o los recursos interpuestos contra el parón parlamentario del primer estado de alarma y la adecuación a la Carta Magna del segundo decretado por Sánchez y prorrogado durante seis meses.
Respecto a la prisión permanente se espera que la mayoría de los magistrados apoyen la ponencia de la vicepresidenta Encarnación Roca que propone declarar constitucional una figura jurídica que existe también en otros países europeos, si bien el tiempo de revisión de la condena varía de uno a otro. Será este aspecto el que centrará en buena medida el debate y determinará que esa mayoría sea más o menos holgada. La ley establece que esa revisión se hará de oficio cumplida una parte de la condena que oscila entre 25 y 35 años, un plazo que varios magistrados consideran excesivo y que el órgano de garantías podría bajar a los veinte años en aras de recabar el mayor número de apoyos posible. La unaminidad ya se descarta porque hay miembros del tribunal que consideran inconstitucional la figura, sin necesidad de entrar ni siquiera en el debate sobre los plazos.
La prisión permanente revisable está contemplada en el artículo 140 del Código Penal para los asesinatos en los que la víctima sea menor de 16 años o se trate de una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad o discapacidad; cuando el asesinato sea subsiguiente a un delito contra la libertad sexual cometido por el autor sobre la víctima; cuando el autor del crimen pertenezca a un grupo u organización criminal; y cuando el reo de asesinato haya sido condenado por la muerte de más de dos personas. Ha sido la pena que se ha impuesto, por ejemplo, al asesino de Diana Quer , José Enrique Abuín, y a la del niño Gabriel, Ana Julia Quezada.
Supuestos tasados
Al margen de los plazos de revisión, otra de las cuestiones que centrará el debate es la necesidad de concretar los casos en los que el juez puede revocar la suspensión de la pena. Ahora la ley alude a un cambio en las circunstancias del condenado a prisión permanente, pero no especifica cuáles, lo que alimenta la inseguridad jurídica al no haber unos supuestos tasados en los que esa suspensión debe ser revocada.
El recurso contra la prisión permanente revisable en el Código Penal fue presentado en 2016 por diputados de diversos grupos, entre ellos el PSOE, IU, IC V-EuiA, CHA, la Izquierda Plural, UPyD, PNV y el Grupo Mixto. Consideraron que la prisión permanente aprobada por el PP vulneraba varios artículos de la Constitución: el 15, que prohíbe las penas inhumanas; el 17, relativo al principio de proporcionalidad en las sanciones, así como los apartados 1 y 2 del artículo 25, pues la indeterminación de la pena afecta, a su juicio, a la reinserción social a la que debe ir encaminada toda condena.
También está previsto que los magistrados aborden en el Pleno de esta semana el segundo estado de alarma de Sánchez y el parón en la actividad legislativa del Congreso que decretó la Mesa durante el primer estado de alarma, el de marzo. En ambos casos está previsto que el TC declare su inconstitucionalidad. La mayoría de los magistrados consideran que la falta de rendición de cuentas del presidente del Gobierno al Congreso de los Diputados durante los seis meses de estado de excepción vulneró la Carta Magna , y lo hizo además de una forma aún más descarada que el primer estado de alarma que fue declarado inconstitucional por la mínima (seis magistrados frente a cinco).
De la misma forma está previsto que se vuelva a llevar al Pleno, ya para su aprobación, la ponencia que se comprometió a cambiar Antonio Narváez para declarar inconstitucional la suspensión de la actividad parlamentaria durante las primeras semanas del primer estado de alarma.
Límite de sesiones alcanzadas
- El acceso al contenido Premium está abierto por cortesía del establecimiento donde te encuentras, pero ahora mismo hay demasiados usuarios conectados a la vez. Por favor, inténtalo pasados unos minutos.
Has superado el límite de sesiones
- Sólo puedes tener tres sesiones iniciadas a la vez. Hemos cerrado la sesión más antigua para que sigas navegando sin límites en el resto.
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete
Esta funcionalidad es sólo para registrados
Iniciar sesiónEsta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete