La Constitución obliga a Sánchez a desvelar las alertas que recibió por el Covid-19
La Ley de Seguridad Nacional también mandata a Moncloa a compartir con el Congreso «la más amplia información»
La ocultación de las alertas que el Departamento de Seguridad Nacional envió al jefe del Gobierno, Pedro Sánchez , sobre el coronavirus tiene serios visos de ser anticonstitucional. La Carta Magna establece en su artículo 109 que las Cámaras podrán recabar «la información ... y ayuda que precisen del Gobierno y de sus Departamentos y de cualesquiera autoridades del Estado y de las Comunidades Autónomas» sin imponer límite material alguno. «Es decir, reconoce el derecho de los diputados a solicitar a las Administraciones Públicas la documentación que consideren oportuna y la obligación de éstas a proporcionarla», coinciden varios letrados del Congreso.
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Además, la Constitución recoge en su artículo 23 el derecho fundamental de los ciudadanos «a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes» . Un derecho que se estaría viendo conculcado con el «no» de Moncloa a entregar al PP copia de los citados ficheros con argumentos tan poco jurídicos como el «volumen y la naturaleza» de los mismos.
Derecho fundamental
Como viene informando ABC, el Reglamento del Congreso concreta el derecho de los diputados a solicitar documentación a las Administraciones Públicas «para el mejor cumplimiento de sus funciones parlamentarias», lo que implica que pueden utilizarla después para ejercer su función de control al Gobierno. También subraya la obligación de las Administraciones Públicas a proporcionar la documentación solicitada «en un plazo no superior a treinta días» o «trasladar las razones fundadas en derecho que lo impidan». Éstas, explican los letrados del Congreso, «deben emerger de disposiciones de rango legal al tratarse de un derecho fundamental» de manera que los argumentos de volumen y naturaleza de los ficheros en los que se ha refugiado Moncloa no son jurídicamente válidos . La jurisprudencia del Tribunal Constitucional abunda, de hecho, en esta misma idea de la conculcación de la Carta Magna. No en vano, recoge en distintas sentencias que «la quiebra de la legalidad parlamentaria conlleva una consecuente vulneración del derecho fundamental a la participación política que reconoce la Constitución».
«Participación adecuada»
La conclusión de que Moncloa está contraviniendo la legalidad queda reforzada, además, por la propia Ley de Seguridad Nacional que en su artículo 12 declara a Las Cortes como primer órgano competente en esta materia, citándolas por delante, incluso, del Gobierno. En su articulado, recoge también la creación de una Comisión Mixta Congreso-Senado «con el fin de que las Cámaras tengan la participación adecuada en los ámbitos de la Seguridad Nacional y dispongan de la más amplia información» en este ámbito.
Ante este marco jurídico, Moncloa tiene difícil escapatoria, incluso aunque optara por calificar los citados ficheros como reservados para seguir manteniéndolos ocultos . Y es que la Ley de Secretos Oficiales establece en su artículo 10 que «la declaración de materias clasificadas no afectará al Congreso de los Diputados ni al Senado, que tendrán siempre acceso a cuanta información reclamen, en la forma que determinen los respectivos reglamentos y, en su caso, en sesiones secretas». Y la presidencia del Congreso aprobó una resolución en 2004 que permite a los diputados solicitar información sobre materias clasificadas a través de las comisiones o a través de uno o varios grupos parlamentarios que sumen, al menos, la cuarta parte de los diputados.
La solicitud inicial de las alertas recibidas por Sánchez fue cursada por el diputado del PP Juan Antonio Callejas y otros nueve compañeros de bancada. Pero el Grupo Parlamentario Popular cuenta con 88 diputados que suponen más de la cuarta parte del hemiciclo por lo que aunque el Gobierno optara por esta vía, los populares tendrían capacidad para volver a pedir los ficheros.
Clasificar los ficheros
En el caso de que el Gobierno decidiera, pese a todo, intentar clasificar los ficheros tendría tres opciones. Si declarara que las alertas sobre el Covid-19 son materia reservada y el PP solicitara de nuevo su copia como grupo parlamentario, Moncloa estaría obligada a facilitarla a la portavoz popular, Cayetana Álvarez de Toledo . Otro camino sería la clasificación de los ficheros como secreto. Pero tampoco así podría mantenerlos ocultos ya que podrían acceder a ellos los diputados que integran la Comisión de Secretos Oficiales .
La tercera opción, que tendría que estar motivada, pasaría por que el Gobierno solicitara remitir las alertas solo a la presidenta de la Cámara, Meritxell Batet . El único requisito para ello sería que la Mesa del Congreso aceptara este procedimiento lo que no sería difícil ya que el PSOE y Unidas Podemos controlan la mayoría de este órgano. No obstante, el coste político de esta vía sería elevado ya que reforzaría aún más las sospechas de que Sánchez estuvo advertido de la peligrosidad del virus y aun así decidió no tomar medidas hasta mediados de marzo.
Lo que sí puede hacer el Ejecutivo es exigir que la sesión en la que se facilite la documentación tenga carácter secreto para que los diputados no pueden utilizarla para ejercer después su función de control. Dado que los populares están solicitando copias de los ficheros, el Gobierno podría limitarse a exhibirlas permitiendo a los diputados tomar notas pero no realizar copias. No obstante, esta fórmula también tendría coste político porque alimentaría igualmente las sospechas de que el Gobierno oculta deliberadamente información que implica y perjudica a Pedro Sánchez.
Vía jurídica
De momento, los populares han recurrido en amparo ante Batet para que recuerde al Gobierno su obligación de remitir la documentación solicitada. Si Moncloa insistiera en negar la copia de los ficheros, el PP podría recurrir por la vía contencioso-administrativa y después en amparo ante el Tribunal Constitucional.