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El TS no investigará a Botín por los pagos a Garzón ya que ha prescrito el delito

El abogado Javier Sotos denunció al banquero por haber costeado los cursos del juez en Nueva York, pero el Alto Tribunal considera que del presunto cohecho han transcurrido más de tres años

El TS no investigará a Botín por los pagos a Garzón ya que ha prescrito el delito efe

abc.es / EP

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo no investigará al presidente del Banco Santander, Emilio Botín , por sus pagos al juez Baltasar Garzón para participar en dos cursos en la Universidad de Nueva York en 2005 y 2006 al considerar ... que el presunto delito de cohecho está prescrito al haber transcurrido más de tres años. En el auto dictado el pasado 4 de enero, el Tribunal Supremo declara que el presunto delito de cohecho "debe considerarse prescrito" y acuerda el archivo de la querella presentada por el abogado Javier Sotos contra el presidente de la entidad cántabra. "Dado el tiempo transcurrido desde la ocurrencia de los hechos imputados hasta la presentación de la querella, es notorio que han transcurrido con exceso los tres años previstos en el artículo 131.1 del Código Penal para la prescripción", según concluye el auto. El abogado presentó su querella el pasado 18 de noviembre ante el Tribunal Supremo, que juzga al antiguo juez de la Audiencia Nacional por los cobros recibidos de distintas empresas, al considerar que el presidente del Santander tuvo una "participación activa" en el delito de cohecho a Garzón. " La razón de la entrega (del dinero) era exclusivamente el cargo judicial de quien sería beneficiado por ella", denunciaba Sotos, quien consideraba que estos hechos son constitutivos de un delito de cohecho sancionado con una pena de multa, prevista en los artículos 423 y 426 del Código Penal.

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