Bermúdez no ve «un solo indicio» que implique a dos grapos en el caso Cordón

El juez de la Audiencia Nacional rechaza anular un auto sobre Publio Cordón e impone a su familia «las costas del incidente»

Bermúdez no ve «un solo indicio» que implique a dos grapos en el caso Cordón efe

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El juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez Bermúdez señala que «no existe un solo indicio en el procedimiento» sobre la intervención de los grapo Vicente Sarasa Cecilio y Manuela Ontanilla Galán «en el diseño, planificación y/o ejecución del secuestro y posterior ... desaparición» de Publio Cordón.

En su rechazo a la petición de la familia de Publio Cordón y la Fiscalía de solicitar la nulidad del auto por el que se declaraba el secreto del sumario, el juez dice en un auto que según los informes policiales, el secuestro habría sido llevado a cabo en Zaragoza por Enrique Cuadra Echeandía, Fernando Silva Sande, José Ortín Martínez y Concepción González Rodríguez, mientras que José Antonio Ramón Teijelo, Victoria Gómez y el propio Silva Sande se habrían encargado de su custodia en una vivienda de Lyon (Francia).

De esta forma, Ontanilla y Sarasa, que quienes el juez dejó en libertad bajo fianza de 10.000 euros , habrían realizado únicamente «labores de vigilancia durante el pago del rescate» e intervenido en la elección del itinerario para el pago del mismo, tal y como habría declarado Silva Sande, que cuenta con la consideración en la causa de testigo protegido bajo el seudónimo de «Alfa».

En el marco de este procedimiento, de la que se deriva que Cordón habría fallecido unas dos tres semanas después del secuestro (en la primera quincena de julio de 1995), Gómez Bermúdez ordenó en julio pasado el ingreso en prisión de José Antonio Ramón Teijelo y Victoria Gómez .

La familia deberá pagar las costas

Como consecuencia del rechazo de la nulidad del auto, Gómez Bermúdez impone «por imperativo legal» las costas de esta actuación a la familia de Cordón como «parte instante» de la petición, según recoge la ley.

La familia del empresario solicitó la nulidad de las actuaciones por «la falta de notificación» de un auto dictado el pasado 21 de junio en el que se declaraba el secreto y la reapertura de la causa sobre Publio Cordón , tras las declaraciones como testigo protegido del miembro de los Grupos Revolucionarios Antifascistas Primero de Octubre (GRAPO) Fernando Silva Sande.

En su resolución Gómez Bermúdez recuerda que la finalidad del secreto es « impedir que se frustre la investigación» y que la falta de notificación sólo conllevaría la nulidad de lo actuado si se hubiera producido «indefensión material».

«No se alcanza a entender qué interés podía tener la acusación particular en impugnar la declaración de secreto, con riesgo para el buen fin de la investigación», señala el auto antes de añadir que tampoco concibe «qué perjuicio se le ha irrogado con ella, pues bien al contrario, a su amparo se ha producido un avance en las pesquisas».

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