Hacienda se ofrece al juez para explicar cómo hizo los informes de la Infanta
Los dos inspectores que descubrieron el delito fiscal de Urdangarín aplicaron los mismos criterios en el caso de la sociedad de los Duques de Palma
La Agencia Tributaria está dispuesta a explicar con detalle al juez José Castro, instructor del caso Nóos, la metodología y los criterios que ha seguido para confeccionar los informes que afectan directamente a la Infanta Cristina, así como aquellos que tienen que ver ... con Aizoon, la sociedad que comparte al 50 por ciento con su marido, Iñaki Urdangarín. Para ello prepara un escrito que enviará al magistrado por si este considera necesario que se aporte un informe para aclarar todos los detalles que considere necesarios.
La iniciativa se produce después de que en determinados ámbitos se haya puesto en cuestión la independencia de los inspectores de la Delegación de Cataluña de la Agencia Tributaria encargados del auxilio judicial en este delicado asunto . De hecho, ha habido acusaciones directas en el sentido de que por criterios estrictamente políticos, y para proteger a la hija menor de los Reyes, los inspectores Numa 20251 y Numa 14928 habrían «dirigido» los informes para impedir que Doña Cristina fuera acusada de delito fiscal primero, y como consecuencia de ello de blanqueo. Acusaciones que han provocado gran malestar entre los profesionales de Hacienda .
Las fuentes consultadas por ABC muestran su extrañeza por el hecho de que se hayan producido tales acusaciones, y mucho más porque se hayan vinculado con las dimisiones y relevos que se han producido en los puestos de máxima responsabilidad de la inspección de la Agencia Tributaria: «Los dos inspectores ahora acusados de beneficiar a la Infanta Cristina son los mismos que descubrieron y alertaron al juez de que su marido , Iñaki Urdangarín, habría cometido un delito fiscal derivado de sus declaraciones del IRPF, además del que sería responsable por su papel en el Instituto Nóos». En otras palabras; sin el trabajo de estos inspectores no habría sido posible acusar de ese delito al Duque de Palma. «Si entonces eran independientes y buenos profesionales, ¿por qué hay que dudar ahora de su trabajo?».
En el ojo del huracán se ha puesto el pago de 69.900 euros en 2007 por unos servicios supuestamente prestados por Diego Torres a Iñaki Urdangarín, de los que Hacienda desconoce si responden a trabajos realmente realizados. Si esos pagos se hubiesen contabilizado como facturas falsas la sociedad de los Duques de Palma, habría incurrido en delito fiscal . El detalle es importante porque Castro busca con sorprendente intensidad –hay pocos precedentes de que un juez investigue durante más de ocho meses de esta forma a una persona que ni siquiera está imputada– acusar a Doña Cristina de ese delito, lo que además le permitiría ampliar los cargos a blanqueo.
De hecho, fuentes jurídicas consultadas por ABC sostienen que sin que exista el delito fiscal de la Infanta es prácticamente imposible acusarla de blanqueo , toda vez que no existiría el delito antecedente que se exige; es decir, aquel por el que se obtuvo el dinero que posteriormente se lavó.
La acusación contra los inspectores de la Agencia Tributaria, por tanto, es que no han contabilizado como facturas falsas esos 69.900 euros y, por tanto, no acusan a Aizoon de delito fiscal. Las fuentes consultadas precisan que ni siquiera se trata de facturas falsas o cruzadas, sino de simples transferencias bancarias entre Iñaki Urdangarín y su exsocio Diego Torres . De hecho, cuando en la página 1 del Informe de Avance 2, entregado a Castro el pasado mes de enero, los inspectores hablan de «facturas cruzadas» simplemente se recoge, entrecomillada, la expresión utilizada por el juez en su petición de auxilio judicial.
En el Informe de Avance 4, de junio pasado, que permitió acusar a Urdangarín de delito fiscal, también se recogen esos 69.900 euros. En su página 18, cuando se refiere al año 2007, precisa que «se constata la existencia de una facturación entre ambos socios, de tal forma que a uno le incrementa el beneficio (Diego Torres) mientras que disminuye correlativamente el beneficio del otro (Ignacio Urdangarín)». Es decir; llegaban a un acuerdo previo para repartirse el dinero que ganaban y cuadraban sus cuentas a final de año .
El mismo tratamiento han tenido esos pagos en el informe de Aizoon presentado en noviembre , que concluye que esta sociedad había defraudado importantes cantidades –99.789 euros en 2007; 91.101 en 2008; 71.073 euros en 2009 y 19.148 en 2010–, pero en ningún ejercicio se habría llegado a los 120.000 euros que se exige para llegar al delito fiscal. De hecho, en 2007 figuran como gastos los famosos 69.900 euros con el concepto «Facturación cruzada Intuit» (página 20 del documento enviado al magistrado).
El propio informe aclara que dado que «el valor añadido (en Aizoon) es aportado por su socio y administrador el Sr. Urdangarín» es preciso «reafirmar los informes y criterios en los informes de avance precedentes (...) en relación con determinada tipología de gastos : así los de personal, la facturación cruzada, el alquiler de las sedicentes oficinas y la amortización de su equipamiento, y los gastos de índole netamente personal, familiar o, en general, carentes de relación con la actividad».
Por tanto, es evidente que los inspectores de la Agencia Tributaria han mantenido inalterable su criterio tanto cuando encontraron un delito fiscal imputable a Iñaki Urdangarín como cuando han analizado las cuentas de Aizoon.
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