justicia
Nuevo aval del Tribunal Supremo a la «doctrina Parot»
Desestima un recurso del dirigente etarra Lasa Mitxelena, condenado a más de 400 años por casi una decena de asesinatos
n. villanueva
Cuando el Tribunal de Estrasburgo está a punto de decidir sobre la «doctrina Parot» en el caso de la etarra Inés del Río -una decisión que en caso de ser favorable a la terrorista provocará que España tenga que revisar esta aplicación de beneficios penitenciarios, ... según reconoció el ya expresidente del TC, Pascual Sala-, el Supremo volvió a avalar ayer la legalidad de esta doctrina. Lo hizo desestimando la petición de la defensa del que fuera jefe de «comandos» de ETA en los años 80 Juan Lorenzo Lasa Mitxelena.
La decisión, que cuenta con un voto discrepante del magistrado Joaquín Giménez, avala la decisión adoptada el pasado 26 de noviembre por la Audiencia Nacional que, al acumular sus condenas, señaló que los beneficios penitenciarios que se le apliquen deberán ser sobre cada una de las penas que se le impusieron en los nueve procedimientos criminales que ha acumulado, y no sobre el máximo de cumplimiento de 30 años.
La sentencia dada a conocer este martes por el Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Ramón Berdugo, aplica la jurisprudencia de este órgano y también la del Tribunal Constitucional, que únicamente ha amparado a miembros de ETA con resoluciones judiciales firmes de licenciamiento de condena al considerar en esos casos concretos se vulneró el el derecho a la intangibilidad de las decisiones judiciales.
La citada doctrina no es aplicable al caso de Lasa Mitxelena según el Supremo, al no existir resolución judicial firme sobre su liquidación de condena, «ni siquiera con referencia a hojas de cálculo efectuadas por la administración penitenciaria» sobre el cumplimiento de la pena impuesta.
Por su parte, el discrepante Joaquín Giménez considera que habría sido más correcto «esperar a la resolución del Pleno del TEDH, lo que tampoco iba a suponer excesiva demora».
Sanguinario currículo
Lasa Mitxelena acumula un amplio historial en la banda. En octubre de 1977 se benefició de la Ley de Amnistía y tan sólo un mes más tarde ya intentó asesinar a un guardia civil en Villabona. El 21 de julio de 1978 fue autor del asesinato del general Juan Manuel Sánchez y del teniente coronel José Antonio Pérez. En noviembre de ese año acabó con la vida de un juez del Tribunal Supremo, en Madrid, y el 7 de abril de 1979 asesinó a un sargento y a dos policías en San Sebastián .
En 1980 huyó a Francia donde se ocupó de la dirección de los «comandos ilegales». En febrero de 1983 regresó a España para integrarse en el «comando Madrid», ordenando el secuestro de Diego Prado y Colón de Carvajal, el 28 de febrero de 1983. Un año después volvió a Francia, y siguió como responsable de los «comandos ilegales» y pasó a formar parte de la dirección de la banda. En octubre de 1984 formó parte del «aparato de seguridad» contra los GAL y el 30 de enero de 1985 fue detenido en Anglet (Francia), informa Ep.
Suma y sigue
Tras cumplir condena de siete años fue extraditado y llegó al aeropuerto de Barajas el 10 de abril de 1992. En marzo de 1993 fue condenado a 54 años de cárcel por colaboración necesaria en el atentado que sufrió el general Rosón, el 21 de noviembre de 1984. También fue condenado a 55 años de prisión por el asesinato del general Esquivias, y a 116 años por el atentado contra el general Valenzuela. Más tarde 16 de diciembre de 1996 fue juzgado en la Audiencia Nacional junto con Henry Parot por el asesinato del teniente general Guillermo Quintana Lacacci, asesinado el 29 de enero de 1984 cuando salía de una iglesia cercana a su domicilio del barrio de Moncloa, en Madrid. El fiscal solicitó 30 años de cárcel para cada uno de ellos. La Audiencia confirmó la petición del fiscal y les condenó a 30 años de cárcel.
Nuevo aval del Tribunal Supremo a la «doctrina Parot»
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