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Víctimas y Gobierno, pendientes de Estrasburgo

En manos del Tribunal de Derechos Humanos está la excarcelación de peligrosos etarras y delincuentes comunes o su permanencia en prisión para que sigan cumpliendo condena

Víctimas y Gobierno, pendientes de Estrasburgo efe

j. p.

Las presidentas de la Fundación Víctimas del Terrorismo y la AVT, Mari Mar Blanco y Ángeles Pedraza, respectivamente, así como el responsable de Dignidad y Justicia, Daniel Portero, asisten hoy a la vista que celebra el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo para debatir la aplicación de la «doctrina Parot» en el caso de la etarra Inés del Río Prada, condenada a casi 4.000 años de cárcel por sus 23 asesinatos, entre otros graves delitos.

A diferencia del tribunal que el pasado mes de julio dictó una sentencia a favor de los intereses de la etarra, y cuyo ponente fue el español Luis López Guerra, número dos de Justicia con Rodríguez Zapatero, la Gran Sala que ve hoy el recurso de España está representado por 17 magistrados de países como Francia y Reino Unido, muy concienciados en la lucha contra el terrorismo. Ángeles Pedraza tiene previsto entregar a los magistrados 10.000 firmas a favor de la vigencia de la «doctrina Parot» recogidas en tan solo 48 horas.

Competencia de los estados

Si el Tribunal de Estrasburgo decidiera finalmente liquidar este criterio, que ajusta el cumplimiento de las condenas a la gravedad de los delitos, supondría la excarcelación de más de medio centenar de etarras, además de terroristas del Grapo, mercenarios de los Gal o violadores y narcotraficantes. Algo que en España provocaría una fuerte alarma social y problemas de inseguridad. En el fallo dictado en julio a favor de la etarrra, se afirmaba que España había aplicado una medida con carácter retroactivo, lo que habría vulnerado los derechos humanos de Inés del Río Prada. Por ello condenaba además al Estado a pagarle 30.000 euros en concepto de indemnización por los «daños morales». La Abogacía del Estado recuerda en el recurso, sin embargo, que la «doctrina Parot» no es una reforma legal, sino una aplicación jurisprudencial, que es competencia de los estados miembros de la UE, y por la que se computa la redención de penas a partir de todas las condenas y no del máximo legal de 30 años. Ello alarga la etancia en prisión de los delincuentes a los que se aplicó esta medida. De no ser por ella, etarras como Domingo Troitiño, «Mamarru», «Kubati» o «Baldo», que suman decenas de asesinatos, ya estarían disfrutando de la libertad.

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