Un rascacielos y siete preguntas
El TSJA decidirá sobre el recurso que miembros de Túmbala pusieron contra las licencias otorgadas a la Torre Pelli
¿Permite el PGOU de Sevilla un rascacielos? ¿Vulneró el Plan Especial de Puerto Triana el PGOU? ¿Había informes técnicos contrarios a las licencias de obras? ¿Le ha regalado el Ayuntamiento edificabilidad a la promotora Puerto Triana, propiedad de Cajasol? ¿Puede tener Torre Pelli un centro de congresos en un sótano? ¿Necesita el parking de Torre Pelli, con 3.000 plazas, una Autorización Ambiental?¿Afecta el edificio al paisaje histórico de Sevilla? Estas son algunas de las preguntas a las que contesta el recurso contra la licencia de obras del rascacielos que han interpuesto el arquitecto Fernando Mendoza, el abogado Ángel Tarancón y otros profesionales de la plataforma Túmbala contra la Torre Pelli.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA decidirá si ésos profesionales están en plazo para recurrir las licencias al ejercer la acción pública —permitida durante las obras o cuatro años después de su finalización— o bien se les pasó el plazo de dos meses desde que el Ayuntamiento les permitió acceder al expediente administrativo. En caso afirmativo, el recurso volverá al juzgado Contencioso Administrativo 14 de Sevilla, donde los demandantes han argumentado en 41 folios las presuntas irregularidades de este rascacielos.
D El Ayuntamiento ha otorgado dos licencias al proyecto Torre Triana. La primera, para el movimiento de tierras y pantallas . La segunda, para iniciar las obras del edificio. Uno de los principales argumentos de Túmbala es que la primera licencia se concedió con informes técnicos desfavorables y sin cumplir los trámites normales. El subjefe del Servicio de Licencias Urbanística hizo un informe en 2007 advirtiendo que no se podía conceder licencia urbanística al proyecto sin el proyecto de reurbanización. Pues bien, la primera licencia se concedió el 16 de julio de 2007, cinco días antes de aprobarse el proyecto de reparcelación, cinco meses antes del proyecto de urbanización y tres años antes de la publicación definitiva del proyecto de urbanización. ¿Quién otorgó la licencia el mismo día que el subjefe del Servicio de Licencias Urbanística lo desaconsejaba? Pues Manuel Marchena, gerente de Urbanismo, quien prescindió por razones de urgencia del trámite ordinario, como era pasar por
Decidió Marchena Uno de los argumentos de Túmbala es que la licencia para movimiento de tierras y pantallas se dio pese a que los informes técnicos eran desfavorables
Advertidas desde 2007 Obras Públicas también habría confirmado ante la Fiscalía algunas graves irregularidades al vulnerar el Plan Especial el PGOU
Pero igualmente llamativo es que el Plan Especial de Reforma Interior (PERI) de Puerto Triana —donde se ubica Torre Pelli— fuera aprobado el 19 abril de 2007, «ocho días después del proyecto de reparcelación, cuando lo normal es que hubiera sido antes porque era el planeamiento que le iba a dar validez a la reparcelación».
La segunda licencia de obras, para construir una torre de 36 plantas, fue concedida por el Ayuntamiento en diciembre de 2007. En el recurso contra la licencia se asegura que el Plan Especial de Puerto Triana vulnera la altura máxima establecida por el PGOU para la zona:cuatro plantas. Además, dice que predomina el uso de oficinas sobre el comercial, en contra de la ficha urbanística de esa parcela. Y por último, el recurso afirma que la licencia autoriza en el sótano uno y dos un centro de congresos de 3.800 metros cuadrados y 15.510 m2 de comercios y oficinas, algo expresamente prohibido en el PGOU.
Por otra parte, los demandantes afirman que el Ayuntamiento ha «regalado» edificabilidad a Cajasol porque podrá construir 103.000 metros cuadrados, en lugar de los 68.000 metros cuadrados que contempla el PGOU para esa parcela, «lo que supone un beneficio económico para la promotora». Ángel Taracón dice que la «trampa» consiste en contabilizar sólo el 50% de la edificabilidad en ambos sótanos y no contabilizar como superficie edificada los espacios ocupados por ascensores o escaleras e instalaciones auxiliares, «aunque el PGOU no lo autoriza».
La Delegación Provincial de la Consejería advirtió de esas irregularidad el 22 de marzo de 2007, el mismo día que se aprobó el Plan Especial de Puerto Triana. Por otra parte, la Dirección General de Inspección y Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda de la Consejería de Obras Públicas también habría confirmado ante la Fiscalía algunas graves irregularidades porque el Plan Especial vulneraba el PGOU.
Asimismo, el rascacielos tendrá un parking subterráneo de 3.066 plazas, lo que le convertirá en el mayor de andalucía, lo que obligaría a considerarlo como un «aparcamiento de uso público de interés metropolitano» con necesidad de una «Autorización Ambiental Unificada», que no tiene.
Además, Mendoza subraya que el Plan Especial debió someterse a consideración de la Unesco porque España es miembro de la Comisión de Patrimonio de ese organismo, que ha pedido en 2009 y 2010 la paralización de las obras por su posible afección al paisaje histórico de Sevilla y sus tres monumentos patrimonio de la Humanidad. El Gobierno central, la Junta y el Ayuntamiento han hecho oídos sordos a esas peticiones.
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