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ABC Cultural

Círculo de Lectores, multado por cesión de datos personales

Según el texto de la resolución, y contra la que cabe recurso de reposición ante la APD o contencioso administrativo ante la sala correspondiente de la Audiencia Nacional, A.M.S, de Vigo (Pontevedra) denunció en noviembre de 2002 a Círculo de Lectores y a la entidad Arvato Services por cesión de datos a terceros y por utilización de los mismos.

En mayo de este año, la APD resolvió que cabe imponer a Círculo de Lectores la multa

citada y declarar la ausencia de responsabilidad de Arvato Services. La denunciante comunicó a la APD que había recibido a principios de noviembre de 2002 un envío publicitario de una entidad financiera, que advertía que el listado para realizar el mismo había sido elaborado por la empresa Bertelsmann Direct, a la que debía dirigirse para ejercer sus derechos de acceso, rectificación y cancelación.

Tras ponerse en contacto con ellos, le comunicaron que los datos le habían sido facilitados por Círculo de Lectores a pesar de que ella no les había autorizado para que lo hicieran. En abril del año pasado, la APD comprobó que Círculo de Lectores tenía un contrato con Arvato Services ("anteriormente denominado Bertelsmann Direct"), que le permitía utilizar el fichero de ex socios de la empresa para la realización de campañas publicitarias de terceras compañías.

Constataron que la afectada figuraba como socia desde enero de 2002 aunque la empresa no disponía de un contrato de alta como socia y que en el campo "LORTAD" constaba el valor "N", que "según los representantes del Círculo de Lectores significa que el socio no da su consentimiento para recibir publicidad de terceras personas", señala la resolución. A.M.S había comunicado a Círculo de Lectores que no quería recibir información u ofertas y la denunciada le comunicó a comienzos de noviembre de 2002 que atendía su petición.

El fichero con los destinatarios de la campaña publicitaria objeto de la denuncia que incluía los datos de A.M.S fue creado el 30 de septiembre de aquel año.

Círculo de Lectores alegó que no había habido cesión de datos sino "una mera inclusión" de los datos de la denunciante "en un listado de destinatarios de una campaña de publicidad contando con el consentimiento de la interesada, dado que la misma manifestó su oposición al tratamiento de sus datos con fines publicitarios después de haber recibido la publicidad". La APD acordó entonces sancionar a Círculo de Lectores con una multa de 300.506 euros por infracción del artículo 11 (comunicación de datos) de la Ley de Protección de Datos Personales; y con otra de 60.101 por infracción del artículo 6 (sobre el consentimiento del afectado), de la misma norma.

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