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El juez rechaza enviar a prisión a José Luis Ábalos y a Koldo García

Mantiene a ambos las medidas cautelares de prohibición de salir del territorio nacional, retirada del pasaporte y comparecencias quincenales

Ábalos niega la mayor y afirma ante el juez que no se reconoce en los audios que le implican en mordidas

Koldo García abandona el Supremo jaime garcía

El juez instructor ha optado este lunes por mantener tanto para el exministro José Luis Ábalos como para su exasesor Koldo García las medidas cautelares que ya tenían, rechazando así la pretensión de las acusaciones populares de que acordara la prisión provisional. Según los dos autos emitidos por Leopoldo Puente, recogidos por ABC, mantiene para los dos la prohibición de salir del territorio nacional, la retirada del pasaporte y las comparecencias quincenales.

Ha acogido así el criterio de Fiscalía que, durante la vistilla celebrada tras la comparecencia de ambos ante el juez, ha solicitado el mantenimiento de esas cautelares o, en todo caso, la imposición a los investigados de una fianza para eludir la prisión provisional.

El magistrado, en su resolución, subraya sobre el exministro que «es evidente que persisten, e incluso aparecen seriamente consolidados tras el último informe presentado en la causa por la fuerza policial actuante (la UCO) sólidos indicios de criminalidad con relación a la persona del investigado».

Y que también hay indicios de que «pudiera haberse beneficiado económicamente» del pago de dádivas. Así, considera que existen indicios de la posible comisión de diferentes ilícitos penales que «podrían colmar las figuras delictivas de integración en organización criminal, tráfico de influencias y cohecho».

Descarta riesgo de fuga

No obstante, el magistrado explica en su resolución que «parece razonable descartar que exista en el caso del investigado riesgo alguno de que pudiera cometer nuevos hechos delictivos de naturaleza equivalente a los investigados», y que tampoco considera que haya riesgo de fuga, ni advierte «un peligro fundado y concreto de que pudiera ocultar, destruir o alterar medios relevantes de prueba».

De igual forma, sobre Koldo García explica en un segundo auto que, frente a la indicación de las acusaciones populares de que pudiera tener más grabaciones escondidas y que fueran novedosas con respecto a los seis audios analizados por la UCO, coincide con la Fiscalía que una cosa es destruir pruebas y otra distinta es aportarlas si es que las tiene.

«Aun en el caso de que fuera cierto, no puede vincularse al riesgo aludido (de destrucción de pruebas). Una cosa es el peligro de que el investigado destruya o altere pruebas y otra, muy diferente, que est é obligado a aportarlas él mismo, si las tuviere», explica.

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