Explicación real en un trance endiablado
Expertos analizan la designación de Feijóo por parte del Rey, la primera vez en medio siglo de democracia sin candidato claro y con una legislación poco concreta

La falta de concreción del artículo 99 de la Constitución sobre el criterio que ha de seguir el Rey en su facultad de proponer a un candidato para la investidura motivó que ayer la Casa Real, en una situación en que concurrían dos aspirantes, difundiera ... el razonamiento que subyace en la decisión de que sea Alberto Núñez Feijóo quien lo intente en primer lugar.
El comunicado de Zarzuela concreta que se le propone porque es «costumbre» que quien concita más escaños reciba el encargo de intentar recabar la confianza del Congreso y «no se ha constatado» tras la ronda de consultas «la existencia de una mayoría suficiente para la investidura que, en su caso, hiciera decaer esta costumbre».
El hecho es que ni la Constitución, ni el corto desarrollo legislativo del artículo 99 como tampoco las pocas sentencias del Tribunal Constitucional que lo mencionan, establecen qué criterios ha de seguir el Jefe del Estado, si debe inclinarse por aquel candidato con más aliados en la Cámara o por el ganador de las elecciones, directamente.
Y la situación era especialmente «endiablada», como la define una de las juristas consultadas por ABC, porque hay un factor que ha enturbiado la ecuación. Junts, ERC, EH Bildu y el BNG se han negado a cumplir la labor de departir con el Rey para comunicar su posición. En un escenario en el que todos ellos hubiesen acudido a Zarzuela y expresado sin ambages su apoyo a Pedro Sánchez, el Rey podría haberse decantado por este, haciendo «decaer», como decía el comunicado, la «costumbre». No ha sido el caso.
«En otras democracias de nuestro entorno tienen lo que se denomina una convención constitucional. Es el caso de Reino Unido, donde los dos principales partidos llegaron al acuerdo de que la jefatura del Estado nombrase primero al que más votos hubiera obtenido. En España, a falta de convención constitucional, lo que tenemos es costumbre constitucional», explica la catedrática de esta rama del Derecho Teresa Freixes sobre este asunto.
No eran pocas las voces que se alzaban en los medios y las redes apostando a que el Rey se inclinaría por Pedro Sánchez, bajo la premisa de que la investidura de Núñez Feijóo sería en todo caso fallida y que Felipe VI es conocedor. También hay estudiosos del Derecho que sostienen que el mero hecho de haber obtenido más votos en las urnas no automatiza la ecuación, pues de ese modo el sistema de consultas regias que pauta la Constitución no sería necesario y si está ahí, es por algo.
El catedrático de Constitucional de la Universidad del País Vasco Javier Tajadura está en esta tesis. Considera que la decisión del Rey es «impecable en términos constitucionales» porque se ha decantado por quien «más apoyos ciertos tenía», que es Feijóo, entendiendo que los de Sánchez no son «fehacientes, no están seguros». «Lo único que cabía en esta situación era no proponer a ninguno, pero eso es prolongar la interinidad», comenta.
Evitarlo, como señala Freixes, es la principal misión del Rey en la formación de nuevo gobierno, un «poder moderador» que pone en marcha el reloj, pues el mismo artículo 99 prevé los mecanismos y plazos para que otro candidato lo intente si el primero falla. Está diseñada, coinciden, para evitar situaciones indefinidas de bloqueo.
Los apoyos ciertos
«Al Rey le corresponde como jefe del Estado, y es una de las pocas prerrogativas que tiene, consultar a los representantes y proponer a un candidato. Si el artículo 99 sólo se quedara en el apartado primero podríamos decir que la decisión podría estar políticamente dirigida, pero si se enlaza con el resto de apartados, no es así. Que haya propuesto a Feijóo no significa que si no sale él, vayamos a elecciones. Es solo una primera propuesta. Y el criterio es lo que realmente está acreditado a día de hoy (...) sin interpretar nada, sin proyectar nada, sin elucubrar; es la certeza de lo que le han trasladado los grupos que sí han acudido a las consultas», reflexiona María Garrote, catedrática de Constitucional.
Otra cosa es que Zarzuela apelase a la «costumbre». Para Tajadura, y es una posición que comparten Garrote y otros expertos como los catedráticos Xavier Arbos o Miguel Presno, Casa Real no debió entrar ahí, bien porque se «extralimita» al leer la situación, bien porque «acota» el propio margen de actuación que da al Rey la Constitución.
«Desde mi óptica, sí es correcto el comunicado. El hecho es que es la costumbre y es evidente que siempre se ha hecho así», añade por contra el también académico José Manuel Sánchez Vera. Recuerda que desde el inicio de la democracia el Rey siempre ha propuesto en primer lugar al candidato que más apoyos concitaba y señala que el caso de Mariano Rajoy, en 2016, no es la excepción a la regla, pues fue él quien renunció a someterse a una investidura que se le había ofrecido dado que tenía más escaños.
Para Freixes, el problema es que se parte de la idea de que la Constitución está diseñada pensando en el sistema de bloques cuando en realidad, se confeccionó con miras a una «política de altura». Incide en este punto en que el voto pertenece a cada diputado, -«aunque nos hayamos acostumbrado a otra cosa»-, y recuerda que el debate de investidura lo es para que el aspirante presente su programa de gobierno «y los demás se lo discutan», es decir, que puede haber cambios en el voto. De ahí, la importancia del hecho cierto, que es el mayor número de escaños que concita Feijóo ante la ausencia de certeza en las consultas sobre los apoyos de Sánchez.
Para Ignacio Álvarez, profesor de Constitucional en la Complutense, «lo que está haciendo el Rey es perfecto porque cumple su función constitucional y da confianza y estabilidad». «El Rey está para que funcione el sistema, no necesita hacer política, es el Jefe del Estado. Ha propuesto a un candidato, el más votado, y será el Congreso el que tome el control del proceso», añade.
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