INFORME SOBRE CATALUÑA
FAES detecta una sola vía legal para poder celebrar una consulta sobre la secesión
La Fundación que preside José María Aznar explica que solo una reforma constitucional con la participación del conjunto del pueblo español permitiría convocar un referéndum así

El informe que ha publicado esta semana FAES, la Fundación que preside José María Aznar, de las «20 preguntas con respuestas sobre la secesión de Cataluña» , ha dado mucho que hablar porque desmonta, una a una, todas las falsedades que rodean el desafío independentista de Artur Mas . Pero, además, hace un repaso de los distintos procedimientos que se están debatiendo para celebrar la consulta secesionista en Cataluña, y llega a la conclusión de que solo uno sería legal: la reforma de la Constitución de 1978.
En el informe, FAES explica que para convocar la consulta que pretenden los independentistas, diversos informes de instituciones oficiales han formulado hasta cinco procedimientos diferentes:
1. Mediante la Ley catalana de Consultas por vía de referéndum aprobada en 2010, recurrida al Tribunal Constitucional y en espera de sentencia.
2. Convocatoria por el Gobierno de España de un referéndum consultivo por el artículo 92 de la Constitución y la Ley Orgánica de Referéndum de 1980.
3. Delegando el Estado la convocatoria en la Generalitat, por el artículo 150.2 de la Constitución.
4. Mediante una reforma constitucional.
5. Con una nueva Ley catalana de Consultas Populares denominadas no referendarias, para obviar la necesaria autorización estatal, actualmente en tramitación en el Parlamento autonómico.
En el informe se señala que de las posibilidades enumeradas, los secesionistas se han inclinado por solicitar a las Cortes que deleguen en la Generalitat la convocatoria de la consulta por el artículo 150.2. Pero antes de intentarlo, ya han anunciado la fecha de la consulta (9 de noviembre) y las dos preguntas que quieren formular.
A partir de ahí, FAES argumenta que la consulta es inconstitucional porque la Carta Magna no reconoce el derecho de secesión. Los independentistas «se inventan un fundamento fuera de la Constitución como es el de derecho a decidir». Pero también es inconstitucional el procedimiento, porque «ni cabe un referéndum, con una pregunta inconstitucional ni la Comunidad Autónoma catalana tendría competencia para convocarlo». A su juicio, se pretende «anteponer la voluntad política frente a las leyes».
Por eso, FAES subraya que «solamente una de las vías de la supuesta construcción jurídica se ajusta a la legalidad: la que señala que para celebrar una consulta de secesión como la que se pretende hay que propiciar una reforma constitucional, con la participación de quien es titular de la soberanía nacional, que es el conjunto del pueblo español».
«El argumento final del secesionismo catalán de que se quiere ejercer la democracia sin las barreras de la Constitución y de la ley obvia que la democracia sin ley no existe».
El Gobierno de Mariano Rajoy ha mantenido esta misma tesis: el referéndum sobre la secesión es inconstitucional y no se va a celebrar , y solo sería posible mediante una reforma de la Constitución. En Moncloa, sin embargo, sostienen que ahora mismo no existe acuerdo suficiente para acometer una reforma, que no está en la agenda del Gobierno en absoluto. Falta un objetivo común entre los grupos, una coincidencia sobre lo que se quiere cambiar, y falta también una voluntad de consenso para su aprobación que fuera tan amplio como el que se produjo en 1978.
Noticias relacionadas
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete