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TRIBUNALES

Suspenden el ingreso en la cárcel de Carlos Fabra a la espera del indulto

La Audiencia de Castellón aplica la jurisprudencia que valora la inexistencia de antecedentes y la voluntad de pago de multa

Suspenden el ingreso en la cárcel de Carlos Fabra a la espera del indulto efe

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La sección primera de la Audiencia de Castellón ha acordado la suspensión de la ejecución de la pena de prisión al expresidente de la Diputación y del PP provincial, Carlos Fabra, mientras se tramita la petición de indulto solicitada al Gobierno .

La sala entiende que se dan todos los requisitos exigidos en el artículo 4.4 del Código Penal, según informa el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en su cuenta de Twitter. El tribunal aplica la jurisprudencia que valora la inexistencia de antecedentes y la voluntad de pago de multa y responsabilidad civil expresada.

Carlos Fabra presentó ante el Ministerio de Justicia la petición de indulto tras la confirmación por el Tribunal Supremo de la sentencia que le condenó a cuatro años de prisión por delitos contra la Hacienda Pública al estafar más de 693.000 euros entre 1999 y 2003, en el conocido como 'caso Naranjax'.

El pasado miércoles, Fabra compareció ante la sección primera de la Audiencia de Castellón , donde había sido citado para comunicarle su fecha de ingreso en prisión, pero después de que el también ex presidente provincial del PP castellonense solicitara la suspensión de la medida, se dio traslado a las partes de la petición.

Tras el último Consejo de Ministros, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, dijo que el Ejecutivo estará "muy atento" a la posición del fiscal y del tribunal que condenó a Fabra sobre la petición de indulto que este ha formulado.

En el auto dictado y hecho público este miércoles, la sala remarca que tanto la fiscalía como la Abogacía del Estado y la Unión de Consumidores de España (UCE) se han opuesto a esa petición de suspensión, "al no resultar previsible la concesión del indulto y dado el carácter excepcional de tal suspensión" mientras se tramita la citada medida de gracia.

El auto recuerda los argumentos de base legal que justifican el haber accedido a esta suspensión temporal y señalan que jueces y tribunales están obligados a "realizar una adecuada ponderación de las circunstancias concurrentes en el hecho para determinar si en el mismo se dan las excepciones previstas al principio general de la no suspensión de la condena".

Al respecto, la sección Penal de la Fiscalía del Tribunal Supremo ha advertido de que "en los últimos años" se viene percibiendo un incremento de las peticiones de indulto por condenados por hechos de especial gravedad acompañadas de solicitud de suspensión de la ejecución de las condenas que, a juicio de estos fiscales, suponen un "injustificado retraso" en el cumplimiento estas sentencias.

Así se señala en la Memoria de la Fiscalía General del Estado dada a conocer este miércoles, relativa a 2013, en la que los fiscales de lo Penal del Supremo advierten de un "uso abusivo del derecho de gracia" en determinados casos en los que las que las posibilidades de prosperar del indulto "son más bien escasas".

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